DOI: 10.18441/ibam.23.2023.82.267-289

 

 

 

 

DEBATES ACTUALES Y CUENTAS PENDIENTES DE LA JUSTICIA TRANSICIONAL EN AMÉRICA LATINA

CURRENT DEBATES AND PENDING ACCOUNTS OF TRANSITIONAL JUSTICE IN LATIN AMERICA

Rosario Figari Layús

Justus-Liebig-Universität Giessen

Rosario.Figari-Layus@recht.uni-giessen.de

Introducción

El auge del paradigma de la Justicia Transicional (en adelante JT) en América Latina se refleja no solo en el rápido aumento de políticas que buscan alcanzar los objetivos de justicia, verdad y reparación para víctimas de violaciones de derechos humanos en el marco de conflictos armados y regímenes autoritarios, sino también en la proliferación de las investigaciones, publicaciones y debates académicos que analizan sus logros, complejidades y limitaciones. Con foco particular en Argentina y Colombia, dos modelos muy diferentes, pero a la vez complementarios de las distintas perspectivas y abordajes que ha tomado la JT en la región, se analizarán en este trabajo cinco obras clave que reflejan algunos de los desafíos y problemáticas actuales más relevantes en este campo de estudio. Entre ellos encontramos, la necesidad de especialización y construcción de capacidades adecuadas en las instituciones del Estado en América Latina, el análisis crítico de las narrativas de perpetradores y la complicidad de actores económicos en abusos de DD. HH., en Argentina, las múltiples complejidades del proceso de paz en Colombia y la difícil tarea de garantizar la no repetición de la violencia.

Con la expansión de la JT en el ámbito político también ha tenido lugar un proceso de profesionalización y especialización de quienes trabajan en y para dichas políticas (Arthur 2009), lo que ha generado un auge y expansión de programas de estudio de maestrías y doctorados, proyectos de investigación, conferencias, talleres y material bibliográfico académico especializado en diversas temáticas relacionadas con las políticas de JT, también denominadas, especialmente en el Cono Sur como políticas de memoria, verdad y justicia. El crecimiento de este nuevo campo de estudios ha sido tan exponencial en América Latina que hoy en día es prácticamente imposible tener una mirada global de toda la producción académica en el tema. Y si bien las problemáticas no son exactamente las mismas en todos los países y subregiones del continente, si se pueden identificar algunas temáticas transversales en los últimos años. De ahí que a partir del análisis de las cinco obras que se describen a continuación se pretende dar una mirada integradora y crítica de los debates claves que enfrentan las políticas de memoria, verdad, justicia y reparación en los últimos años en América Latina. A través del análisis de estos trabajos se pueden ver, por un lado, los avances que ha tenido la JT a lo largo del tiempo y, por otro, la continuidad de “tabúes” y desafíos significativos que exponen de forma muy clara algunos de los límites que enfrenta este paradigma.

Para el análisis de las cinco obras, el presente artículo se divide en cinco secciones, una por publicación y eje temático. Se comenzará en la primera sección con una perspectiva general sobre la evolución y características que la JT ha ido tomando en América Latina para luego adentrarnos en las secciones dos y tres en el caso del proceso de paz en Colombia. Finalmente, en las secciones cuatro y cinco se indagará en los desafíos y asignaturas pendientes relacionadas con diversos tipos de perpetradores en el proceso de memoria, verdad y justicia en Argentina.

La construcción de capacidades de justicia transicional

El primer libro a presentar, The Politics of Transitional Justice in Latin America: Power, Norms, and Capacity Building, de Ezequiel González-Ocantos, publicado por Cam­bridge University Press en el 2020, es una buena introducción al tema de la JT en América Latina, tanto para quienes recién empiezan a ocuparse del tema como para expertos que quieren profundizar en sus conocimientos. El libro analiza lo que el autor considera “enfoques innovadores de justicia transicional” en América Latina. La introducción ofrece un muy logrado y rápido relato de las definiciones de JT, así como también de sus mecanismos y evolución en el continente desde la década de 1980. El autor remarca la importancia de tres giros significativos de los procesos de JT en la región. El primero se refiere a la implementación de JT en diversos tipos de transición. Mientras en los años ochenta la JT se aplicó especialmente en las así llamadas “transiciones tradicionales”, es decir, en el traspaso de regímenes autoritarios a gobiernos democráticos (especialmente en el Cono Sur), en las décadas posteriores estas medidas en busca de justicia, verdad y reparación se empezaron a aplicar en contextos de posconflicto armado como los casos de El Salvador y Guatemala. El segundo giro que destaca el autor da cuenta de la aplicación de mecanismos de JT en contextos “no transicionales,” es decir, por un lado, en países donde la transición política tuvo lugar décadas atrás –lo que Cath Collins denominó como “justicia post transicional” (2010), especialmente para describir la implementación de juicios penales en los casos de Argentina y Chile– o, por otro, en casos donde no hubo ninguna transición sustantiva, como el caso de México. La justicia transicional parece así, por un lado, independizarse de las transiciones políticas de gran envergadura y empezar a convertirse en un instrumento habitual al que recurren los Estados para abordar diversas situaciones de violencia política y violaciones de derechos humanos ya no solo del pasado, sino incluso cometidas en el presente. Es decir, los mecanismos de JT, que en las décadas de 1980 y 1990 fueron implementados como medidas ad hoc, temporales y excepcionales para lidiar con violaciones de DD. HH., empezaron, entrado el nuevo milenio, a ser aplicados con cada vez más frecuencia y para el esclarecimiento de diversos tipos de violencia política y criminal. Esta normalización de los instrumentos de la JT en tiempos “no transicionales” evidencia la falta de respuestas efectivas y apropiadas por parte de las instituciones ordinarias del Estado para lidiar con violencias a gran escala y dar respuestas concretas a sus víctimas. Es especialmente en estos últimos casos donde la implementación de JT se hace más difícil y desafiante, ya que suele darse en contextos en los que 1) siguen predominando dinámicas de violencias muy fuertes 2), los perpetradores conservan grandes porciones de poder e impunidad –como es el caso de grupos paramilitares, carteles de narcotráfico y fuerzas de seguridad–, 3) la institucionalidad del Estado no llega a todos los territorios del país, lo cual deriva en una población privada de derechos básicos y altos niveles de desprotección.

El tercer giro al que se refiere González-Ocantos es la cada vez más frecuente aplicación de un enfoque restaurativo de la JT. Con miras al actual proceso de paz colombiano, el autor remarca la tendencia de los gobiernos y la sociedad civil a focalizarse en mecanismos no punitivos de JT como las comisiones de verdad, las amnistías y los espacios de diálogo, priorizando así objetivos como el acceso a la verdad y la reconciliación, las cuales, de acuerdo al autor, se dificultarían de implementarse un abordaje más punitivo basado en sanciones penales. Este tipo de mecanismos se implementan especialmente en ciertos contextos como el colombiano, por ejemplo, en donde la continuidad de la violencia y la necesidad de ponerle un fin conlleva la negociación con quienes la ejercen, quienes suelen resistirse a medidas como el juzgamiento penal llevando así a la búsqueda de mecanismos alternativos de justicia. Las relaciones de fuerza entre los actores que negocian una transición política, desempeñan un rol clave en la decisión sobre qué mecanismos de JT se pueden o no implementar une vez se ha alcanzado el acuerdo.

Siguiendo a la introducción, el libro ofrece cuatro capítulos en los que profundiza en las diversas modalidades que ha tomado la JT en América Latina. En el primero, “Las innovaciones de América Latina”, el autor se centra en desarrollar de qué manera la región ha sido pionera en el campo de la JT y ha contribuido e influenciado el paradigma y normas que rigen dicho paradigma a nivel global. Esta sección ofrece un panorama detallado y diferenciado de las múltiples políticas de JT que se han llevado a cabo en los diversos países de la región con especial énfasis en amnistías, juicios penales, y comisiones de verdad. en Argentina, Chile, Perú y Guatemala, identificando avances y obstáculos. Por último, se analizan más en detalle los casos de las comisiones de la verdad en Argentina, El Salvador y Perú, a las que el autor considera como claves y de gran peso en el desarrollo de mecanismos de búsqueda y reconstrucción de la verdad en el paradigma de JT a nivel global. Este capítulo tiene un carácter introductorio al tema, principalmente descriptivo de las experiencias latinoamericanas más que un análisis innovador de las mismas y no incluye otros mecanismos de JT como, por ejemplo, programas de reparación para víctimas o los debates en torno a memoriales y otras disputas por la memoria. Sin embargo, ofrece un buen y claro resumen de las experiencias en la región hasta la fecha.

Si bien los primeros capítulos del libro dan cuenta de algunos de los debates y desarrollos más renombrados de la JT en las últimas décadas en la región, es en el tercer capítulo “Construyendo capacidades en Justicia Transicional” (“Building TJ Capabilities”) (p. 45) donde nos encontramos con el aspecto más original. Aquí, el autor aboga por la importancia de considerar lo que él denomina “capacidades de JT”, término que se refiere a la formación de recursos técnicos e institucionales que puedan contribuir a reforzar la puesta en marcha de procesos de JT en forma adecuada y efectiva. Para ilustrar dicho enfoque da cuenta de tres casos de estudios: Argentina, Guatemala y Colombia. El autor resalta que establecer un orden democrático luego de un periodo de masivas violaciones de DD. HH. requiere invertir en las instituciones para generar cambios reales en el accionar del Estado y en la relación de este con la ciudadanía. En este sentido, para que las políticas de JT implementadas alcancen sus objetivos de justicia, verdad, reparación y construcción de paz, se requiere de una transformación profunda por parte del Estado que incorpore esas metas tanto en su discurso, instituciones y prácticas. González Ocantos señala que para lograr esto es necesario desarrollar “capacidades de JT” que incluyan los siguientes aspectos 1) incorporar los valores de justicia, verdad y paz como pilares del accionar de las instituciones, 2) profesionalizar a las instituciones y funcionarios en los aspectos técnicos y discursivos de la JT para poder confrontar situaciones y tareas complejas, 3) (re)orientar las rutinas para que las prácticas de carácter burocrático no entorpezcan la efectividad y mandato de las políticas de JT, las cuales, caso de fallar, puedan reforzar prácticas de impunidad. Este proceso de cambio institucional implica una formación especializada del personal asignado de llevar a cabo las medidas de JT como fiscales, investigadores y fuerzas de seguridad (p. 47). Estos deben incorporar nuevos enfoques que incluyan una perspectiva de derechos humanos que permita comprender las múltiples dimensiones y complejidades de la violencia cometida y poder así ofrecer una respuesta adecuada a las víctimas. El autor remarca que el Estado requiere de agentes con conocimientos y formación en una gran variedad de disciplinas, como sociología, derecho, psicología en casos de trauma, ciencias forenses, etc. El tema de la capacitación de quienes llevan a cabo las políticas de JT no suele ser muy frecuente en la bibliografía especializada. De ahí que sea interesante ver cómo, a través del análisis de los casos de Argentina, Guatemala y Colombia, el autor ilustra las dificultades, pero también las potencialidades de construir capacidades en quienes deben llevar a cabo las políticas de JT. Finalmente, el cuarto capítulo opera como conclusión englobando lo discutido en el libro y destacando los logros significativos, las estrategias creativas y actores clave con los que ha contado la JT en América Latina y que la han convertido en generadora de prácticas y discursos que se han ido plasmando fuertemente a nivel global.

El difícil proceso de construir la paz en Colombia

Desde una perspectiva latinoamericana pasamos ahora, con el segundo libro, a un caso de estudio específico: el proceso de paz en Colombia, cuyo acuerdo final se firmó a fines de 2016 entre el Gobierno de Manuel Santos (2010-2018) y la ahora ex guerrilla FARC-EP. El volumen titulado As War Ends: What Colombia Can Tell Us About the Sustainability of Peace and Transitional Justice. A Comprehensive and Timely Analysis of the Prospects for Peace and Justice in Colombia, editado por James Meernik, Jacqueline H. R. DeMeritt y Mauricio Uribe-López y publicado por Cambridge University Press en 2019, analiza en profundidad el proceso de paz con sus potencialidades y complejidades, incluyendo la creación de un Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No-Repetición (SIVJRNR), compuesto por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Reconciliación y la no-Repetición (CEV) y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD).

El libro propone dos objetivos (p. 2). Por un lado, analizar cómo diversas perspectivas y conceptualizaciones de lo que es la paz y la justicia se aplican (o no) en el proceso de construcción de paz en Colombia. Por otro, indagar en cuáles son las lecciones aprendidas que nos deja el caso colombiano para futuros procesos de paz. Con el fin de hacer una contribución tanto para académicos como a quienes trabajan desde la práctica, el libro ofrece una mirada crítica y analítica de los múltiples desafíos que implica un proceso de construcción de paz, especialmente en sus inicios. Aquí cabe remarcar que, tal vez, uno de los riesgos que corre este volumen, como todo libro que analice el proceso colombiano, es el de quedar rápidamente desactualizado. Si bien muchas de las problemáticas tratadas en el libro siguen estando vigentes, es importante considerar que fue publicado en 2019, y que en los tres años transcurridos desde su publicación han sucedido múltiples eventos que afectaron significativamente la implementación del proceso de paz, incluida la pandemia del COVID-19. Haciendo esta salvedad, el libro ofrece un panorama amplio y análisis muy diversos de los distintos aspectos e instituciones que abarca el Acuerdo de Paz de 2016. En la introducción, los editores realizan un recuento del conflicto armado colombiano desde sus orígenes hasta la actualidad, remarcando los numerosos intentos e iniciativas tanto “desde abajo” como “desde arriba” para construir la paz en el país, incluyendo diez acuerdos (fallidos) en las últimas tres décadas (p. 6). Pero, como el libro destaca, fue recién con el Acuerdo de 2016 cuando se intentó por primera vez llevar a cabo un proceso de construcción de paz más profundo, inclusivo y duradero, que incluya medidas de justicia, verdad y reparación para las víctimas del conflicto.

Sin embargo, un proceso de construcción de paz parcial como el colombiano (ya que el acuerdo es solo con uno de los grupos beligerantes) y de grandes magnitudes y objetivos, implica múltiples desafíos, los cuales son analizados a lo largo de los dieciséis capítulos del libro. A través de este extenso volumen, 36 autores y autoras, tanto colombianos como internacionales, analizan las diversas problemáticas y complejidades que enfrenta el proceso de paz colombiano. Entre ellas: el creciente asesinato de líderes sociales en muchas de las regiones donde se desmovilizaron las FARC, la continuación del conflicto con la guerrilla del Ejército de liberación Nacional (ELN), la existencia de disidencias de las FARC que operan en algunos territorios, la persistencia (e incluso aumento) de economías ilícitas, las fallas en la efectiva implementación del acuerdo, el no crecimiento económico que genere más posibilidades de empleo y acceso a bienes y servicios reduciendo así la brecha de desigualdad histórica.

El libro destaca tres factores clave para una construcción real de paz en todo el territorio colombiano. El primero de ellos es la necesidad de una implementación efectiva del acuerdo y sus diversos componentes no solo en los centros urbanos, sino especialmente en las zonas rurales, que han sido –y lo siguen siendo– las más afectadas del conflicto. Los diversos capítulos remarcan la ausencia del Estado y sus instituciones como un factor determinante en la reocupación de estos territorios por otros actores armados y, por ende, en la continuidad de la violencia. Así, se remarca la relevancia de reforzar los gobiernos locales y municipales como un factor clave para fortalecer la institucionalidad y terminar la violencia. El segundo elemento crucial para la construcción de paz es la importancia de considerar las lecciones aprendidas de experiencias previas vividas en las últimas décadas del conflicto colombiano, las cuales implicaron también múltiples intentos de alcanzar la paz. Un tercer factor fundamental que señala el libro es la reconstrucción de lazos sociales tanto a nivel interpersonal como social, incluyendo las relaciones de género, componente incluido, de hecho, en el Acuerdo de Paz. En este sentido, la reparación de la violencia sexualizada y la construcción de condiciones que garanticen la participación de las mujeres, tanto en iniciativas de base como de élites, son elementos necesarios para un cambio real a nivel social.

El libro se divide en dos grandes secciones. En la primera, compuesta de ocho capítulos, se ofrece una mirada amplia de las complejidades intrínsecas al Acuerdo de Paz y se focaliza en diversos aspectos críticos (como la continuidad de la violencia y la inseguridad, la falta de confianza en las instituciones del Estado, la continuidad de grupos y economías criminales), pero también en las potencialidades del proceso de paz (como la diversidad de enfoques en iniciativas de construcción de la paz, el rol de la cooperación internacional y las posibilidades emancipatorias de acciones colectivas de base). En particular, el capítulo de Santiago Leyva y Pablo Correa pone el énfasis en la importancia del rol que desempeña (o debería desempeñar) la administración pública (public management) en el proceso de mantenimiento y construcción de la paz. El capítulo de Michael Greig analiza los procesos de negociaciones que llevaron al actual acuerdo y la influencia de los actores civiles en las mismas, especialmente da cuenta del rol de iniciativas y grupos de base, que han sido los más afectados por el conflicto. El capítulo colectivo de Jacqueline DeMeritt, David Mason, Amalia Pulido and James Meemik analiza las dificultades que hubo en la obtención de un mayor apoyo o consenso del acuerdo, lo cual se reflejó en el plebiscito de octubre de 2016. Aquí los y las autoras examinan cómo diversos patrones históricos de votación, así como también experiencias de violencia y victimización, tuvieron un peso importante a la hora de apoyar o no el Acuerdo de Paz. Los capítulos de Juan Albarracín y Sarah Zukerman Daly, por su parte, dan cuenta de otro gran desafío en el escenario colombiano actual: cómo a nivel local las violencias vividas en el marco del conflicto han reducido de forma significativa la confianza de la ciudadanía en las instituciones del Estado, condición que se hace muy difícil de revertir en la Colombia del posacuerdo. El capítulo de Gustavo Duncan y Camila Suárez se centra en la conceptualización de las bandas criminales que emergieron luego del proceso de desmovilización de la AUC (2003-2010). Según los autores, estos grupos si bien continúan siendo grandes responsables en el manejo y comercialización de economías ilegales y en los ataques a líderes sociales, su magnitud sería menor que la de los antiguos grupos paramilitares.

Jennifer Holnes y Viveca Pavon-Harr examinan el impacto de diversas formas de violencia luego del Acuerdo de Paz, evidenciando así que mientras ciertas formas de violencia –como las tasas de homicidios y enfrentamientos armados– se redujeron (especialmente en el primer año luego del Acuerdo), otras aumentaron y se volvieron más visibles, como los ataques crecientes contra líderes sociales. Los últimos dos capítulos de esta sección se focalizan en los desafíos, y posibilidades que pueden tener iniciativas locales como internacionales en el proceso de paz. El capítulo de Mauricio Uribe-López y Valeria Correa-Barrera compara diversas iniciativas de construcción de paz a nivel local en la región de Antioquia, destacando el poder emancipador que puede tener el accionar colectivo ante la violencia. Por su parte, el capítulo de Oliver Kaplan y Joseph Young contrasta los resultados de dos programas de cooperación internacional (USAID) con enfoques diversos y su efectividad a largo y corto plazo en el fortalecimiento del Estado y sus vínculos con la ciudadanía.

La segunda sección del libro se centra en los mecanismos judiciales del sistema de justicia transicional y sus impactos respecto al alcance de objetivos como la reconciliación, la justicia y la paz. El primer capítulo de esta sección, escrito por Jason Michael Quinn y Madhav Joshi, del Instituto Kroc (institución a cargo de medir la implementación del Acuerdo de Paz), da cuenta del estado de la ejecución hasta 2019, año de publicación del libro. Allí, los autores identifican la importancia de medir algunos aspectos, como la situación del proceso de desarme y desmovilización de las FARC y no tanto otros aspectos relacionados con medidas de justicia, verdad y reparación. El problema principal de este capítulo es su temporalidad, ya que es como una foto de un momento histórico muy específico del año 2019, lo cual, en un proceso tan dinámico como el colombiano, queda desactualizado rápidamente. El capítulo de Omar Bakiner analiza posteriormente la evolución de los diversos procesos de justicia transicional en Colombia desde una perspectiva comparada, remarcando que el caso colombiano se destaca por una fuerte vinculación de actores de la sociedad civil en el diseño de las políticas de justicia transicional, la cual se ha caracterizado por tener un enfoque innovador de los instrumentos a utilizar. Por su parte, Jaqueline DeMeritt y Kimi King analizan en el onceavo capitulo cómo las políticas de construcción de paz impactan en las mujeres en Colombia. Con foco en la violencia sexualizada, analizan el rol de la Comisión de la Verdad con respecto a las mujeres sobrevivientes, como así también con los perpetradores. Considerando otras experiencias internacionales, las autoras destacan la importancia de ver a estas mujeres como ciudadanas políticas con un rol clave para el futuro del país.

El capítulo de Rebekka Friedman Sánchez y Eric Wiebelhaus-Brahm realiza una revisión de la bibliografía sobe justicia transicional en Colombia. Uno de los puntos que los autores identifican como una debilidad de los análisis existentes es la sobrevaloración de enfoques punitivos o retributivos en detrimento de otras perspectivas de índole más restaurativas –sin sanción– que puedan tener impactos transformadores y reparadores más significativos para gran parte de la población. De igual forma, el capítulo de Geoff Dancy también retoma el clásico debate de la JT sobre qué tipo de medidas de justicia –retributivas o restaurativas– son las más adecuadas para construir una paz duradera en Colombia: el enjuiciamiento masivo de los grupos rebeldes de las FARC o su total eximición penal, pregunta que vuelve a plantear el autor. En base al análisis de otros casos, Dancy concluye que el modelo de justicia propuesto por el actual Acuerdo de Paz es adecuado, ya que ninguno de los enfoques extremos anteriormente nombrados parece haber tenido efectos favorables a largo plazo. De hecho, el autor remarca que, si hay un factor clave para una paz duradera, el foco debe ponerse no tanto en los grupos de insurgencia, sino más bien en las fuerzas de seguridad del Estado, las cuales, sí deben ser objeto de procesos de juzgamiento penal, aunque sea de forma gradual. Estos capítulos retoman el clásico debate de “paz versus justicia”, en el que se presenta la contraposición de dos tipos de abordajes de la JT: retributivo vs. restaurativo. Este debate sin embargo ya queda un poco antiguo en el contexto de América Latina, puesto que diversas experiencias como, por ejemplo, las de Guatemala, Chile y Argentina, han dado cuenta de la importancia de construir políticas de JT que consideren un enfoque más integrador, de forma que puedan incluir aspectos retributivos y restaurativos.

Finalmente, los últimos dos capítulos del libro analizan experiencias de actores locales específicos durante el conflicto armado. Por un lado, el capítulo de Carlo Tognato analiza las dinámicas de violencia en las universidades, mientras que el último capítulo del libro es un aporte colectivo de quienes trabajan en la Casa de la Memoria de Medellín, una institución creada para dar a conocer cómo la violencia del conflicto ha impacto de diversas maneras en la población. Con un enfoque amplio e inclusivo este último capítulo muestra cómo la Casa de la Memoria, a través de sus exhibiciones públicas y tareas de difusión, ha contribuido al debate y a la difícil tarea de la búsqueda de la verdad y a la construcción de la memoria histórica con diferentes grupos de población y afrontando desafíos como la continuidad de la violencia en el posacuerdo y las dificultades del paso del tiempo en los procesos de reconstrucción.

De esta forma, el libro ofrece un panorama muy amplio, incluyendo análisis detallados de diversas perspectivas y experiencias de múltiples actores, las cuales dan cuenta, a la vez, de los diversos desafíos y problemáticas que, a pesar del Acuerdo de Paz, sigue enfrentando una Colombia en conflicto. En este sentido, y considerando las problemáticas analizadas que hasta el día de hoy azotan Colombia, dos puntos llaman la atención en el libro: por un lado, la utilización del término de “estado de postconflicto” en reiteradas ocasiones (por ejemplo, p. 7) para referirse al contexto colombiano en vez de usar el concepto de “posacuerdo”, que describe con más precisión el hecho de que el o los conflictos siguen vigentes en Colombia. Por otro, se hace notorio el poco tratamiento dado al (neo)paramilitarismo como uno de los factores clave en la continuidad y reproducción de la violencia. Tampoco hay una mirada muy crítica del rol de las fuerzas de seguridad, tema que se trata a continuación con el siguiente libro.

Los perpetradores y la garantía de no repetición

Las problemáticas analizadas previamente dan cuenta de que uno de los objetivos –y desafíos– más complejos que debe afrontar la JT es la garantía de no repetición de la violencia, condición fundamental para una transición real hacia una paz duradera. Para lograr dicha condición en contextos de conflictos armados no alcanza con la desmovilización de grupos armados no estatales, sino que también se requieren profundas transformaciones al interior de las instituciones del Estado, especialmente de aquellas que contribuyeron a las violaciones de derechos humanos y la reproducción de la violencia. Las fuerzas de seguridad son uno de los principales actores y responsables en estas dinámicas, lo cual se discute en el tercer libro a analizar en este artículo. El volumen Garantía de no repetición. Una contribución a la justicia transicional, editado por Gerardo Barbosa Castillo, Andrés Rolando Ciro Gómez, Juan Rodríguez Gómez y Gonzalo Cataño en el año 2020, y publicado por la Editorial de la Universidad del Externado de Colombia, es el resultado de una iniciativa del Ejército Nacional colombiano y se focaliza en los casos de ejecuciones llevadas a cabo por las fuerzas armadas durante el conflicto armado, también conocidas como “falsos positivos”. Este tipo de crímenes de Estado tuvo lugar –no solo, pero fundamentalmente– durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez (2002-2010) en el ámbito de su doctrina de Seguridad Democrática. La expresión “falsos positivos” alude a la ejecución extrajudicial por parte de las fuerzas armadas de civiles para hacerlos pasar por guerrilleros abatidos en combate. La práctica no es nueva y ya se utilizó en otros países latinoamericanos, como, por ejemplo, en Argentina durante la última dictadura cívico militar. En el caso colombiano el modus operandi consistía en que soldados y oficiales llevaban por la fuerza o con falsas promesas de ofertas de empleo, a sus víctimas –frecuentemente pertenecientes a sectores marginalizados– a lugares remotos donde los asesinaban para luego vestirlos como guerrilleros, colocándoles uniformes, fusiles y demás prendas militares. Los militares que llevaban a cabo estas prácticas de escenificación, recibían a cambio beneficios y premios como vacaciones extras, descansos más extensos, ascensos, medallas, bonificaciones en dinero, oportunidades de estudio, más permisos para visitar a sus familia o traslados a sitios de menor riesgo. Esta práctica, que estaba dirigida desde de los altos mandos de las fuerzas armadas1 se utilizó, entre otras cosas, para mostrar la “eficacia” del Ejército en la eliminación del enemigo en el conflicto armado.

Si bien el libro afirma presentar análisis realizados por investigadores independientes que reconocen el accionar criminal y la responsabilidad de miembros de las fuerzas armadas en las ejecuciones, se hace evidente que al ser el Ejercito el promotor de la publicación, se encuentren expresiones sesgadas y/o que intentan distanciar a la institución castrense y al Estado como tal de las mismas. A modo de ejemplo, en la introducción se afirma que el objetivo de las fuerzas armadas con el libro es “buscar cooperar con la administración de justicia, con la solución de las tensiones del posconflicto y, de manera especial, con el diseño de políticas que garanticen la no repetición” (p. 8). Sin embargo, se destaca un párrafo después que las prácticas de los “falsos positivos” fue llevada a cabo de “forma individual por quienes contravinieron con sus deberes de salvaguardar la vida de los colombianos”, abonando así la bien conocida teoría de las “manzanas podridas”. De ahí que sin querer menospreciar el trabajo de los y las autores del libro, la lectura conlleva cierta cautela debido a que es imposible ignorar que las fuerzas armadas, principales acusados de la práctica de falsos positivos son quienes han fomentado el libro.

Ahora bien, esto no quita que en el libro se encuentren –algunos más que otros– análisis críticos, con informaciones detalladas e interesantes. Se compone de siete estudios que examinan distintas aristas políticas y legales sobre los casos de “falsos positivos”. De hecho, uno de los capítulos más completos y que ofrece una introducción general del tema, presentando la problemática y los desafíos incluso al interior de las fuerzas armadas, es el primero de ellos, escrito por Juan Camilo Rodríguez Gómez, “Antecedentes históricos sobre los falsos positivos en Colombia”. Allí, Rodríguez Gómez aborda la cuestión desde una perspectiva histórica, que permite ver cómo este tipo de prácticas tuvo lugar ya desde la época de la lucha por la independencia y los años de las guerras civiles del siglo xix hasta la actualidad. Rodríguez Gómez describe con bastante detalle sobre todo las dinámicas de falsos positivos ocurridas durante el gobierno de Álvaro Uribe y da cuenta de las problemáticas para su judicialización tanto en la actual jurisdicción para la paz como en la justicia ordinaria. A su vez, el autor destaca que no se debe generalizar a todos los miembros de la fuerza pública como criminales y destaca que incluso algunos de ellos han contribuido a esclarecer algunos de los casos, lo cual implico que muchos sectores del estamento militar les dieran la espalda, los acusaran de “traidores” y hasta hayan sido objeto de constantes amenazas contra su integridad física y la de su familia. Esto evidencia que la responsabilidad de las fuerzas de seguridad no se ha dado únicamente con la comisión de violaciones de DD. HH., sino también con su posterior silencio cómplice y obstaculización de las investigaciones judiciales para aclarar los hechos y reparar a las familias de las víctimas. De ahí que el autor menciona la importancia de brindar medidas seguridad efectivas a testigos clave que quieren aportar al actual proceso de paz y a los mecanismos de justicia, verdad y reparación.

El segundo capítulo, “Los ‘falsos positivos’: noción a la deriva”, escrito por Gonzalo Cataño, describe el surgimiento de la práctica de “falsos positivos”, evidenciando a través de datos estadísticos un aumento progresivo del número de víctimas entre los años 2005 y 2009. Cataño rastrea los usos semánticos de la expresión “falsos positivos” y muestra el trasfondo de estas prácticas en la obtención de reconocimientos y privilegios por parte de algunos miembros de las fuerzas armadas. Llama un poco la atención el énfasis puesto en el artículo sobre la “presión desenfrenada” que sufrían los soldados, casi comparable a una “tortura psicológica”, para cumplir las metas puestas por los altos mandos de alcanzar las “bajas requeridas” por mes. Sin negar que haya existido cierta presión y que esta haya sido mencionada por los soldados acusados a modo de justificación, parecería entreverse en la lectura del capítulo casi una cierta victimización de quienes llevaron a cabo esa práctica. Tanto “la presión desenfrenada” o mucho menos el renunciar a beneficios adicionales por parte del miembro del ejército no deberían ser entendidas como razones válidas para justificar el asesinato de ninguna persona (p. 9). No hay presión equiparable al sufrimiento de las víctimas y sus familias. Siempre hay un margen de decisión. Aquí surge la pregunta de cómo se puede equiparar la vida de una persona con la obtención de beneficios extra para justificar una acción criminal. Finalmente, el texto concluye con un llamado a las fuerzas militares a facilitar el esclarecimiento de lo ocurrido para resarcir el prestigio de la institución ante el país. El tercer capítulo, de Magdalena Correa Henao, “Violación de derechos humanos como ‘política de Estado’: una exploración conceptual”, indaga en el alcance de la expresión “política de Estado”, “crímenes de Estado” y “terrorismo de Estado” con las que también se ha calificado este tipo de crímenes y en las que se hace evidente una sistematicidad en la acción del Estado. El artículo expone lo que han dicho los tribunales internacionales sobre “política de Estado” y, finalmente, plantea los resultados de su análisis y sus implicaciones para Colombia frente a la comunidad internacional.

El cuarto capítulo, titulado “Los denominados ‘falsos positivos’ en la jurisprudencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia”, de Édgar Solano González, analiza desde una perspectiva legal –y el título ya lo indica– los casos de “falsos positivos” en base a la jurisprudencia de la Sala de Casación Penal en lo relacionado con actos perpetrados por miembros del Ejército Nacional en el contexto del conflicto armado interno. El quinto capítulo, “Análisis estadístico de las ejecuciones extrajudiciales en Colombia” (y también en el capítulo sexto), de las autoras Jenny-Paola Lis-Gutiérrez y Doris Aguilera-Hernández, indaga, desde una perspectiva cuantitativa y en base a estadísticas, si las ejecuciones extrajudiciales siguieron o no un patrón de sistematicidad entre los años 2000 y 2015. Para ello, las autoras examinan 351 sentencias de los tribunales administrativos nacionales de procesos judiciales de los casos “falsos positivos”. Las autoras argumentan que, de acuerdo a los datos estadísticos, las ejecuciones no habrían seguido un patrón espacial. Cabe preguntarse en este caso hasta qué punto no hay un subregistro de estos casos y, de hecho, el mismo artículo da cuenta de que hay casos no denunciados. Si bien los métodos cuantitativos pueden ser útiles para captar fenómenos generales, su utilización sin la consideración del contexto sociohistórico y político como así también del relevamiento de documentos cualitativos clave que complementen los datos puede presentar resultados parciales y aislados del contexto. Tanto el capítulo cinco como el seis tienden a tratar los casos de falsos positivos como casos de “desviación” o de decisiones individuales.

En el último capítulo del libro, “Responsabilidad patrimonial de los miembros de las Fuerzas Militares: acción de repetición y llamamiento en garantía en los procesos de justicia transicional”, de María José Viana Cleves, se examina la forma en que el proceso de justicia transicional afecta el sistema de responsabilidad patrimonial aplicable a las fuerzas militares. Aquí se analizan problemas como los principios de justicia correctiva y los de legalidad, igualdad y moralidad administrativa, dificultades asociadas con la probidad en el ejercicio de la función pública, con la protección del patrimonio público y con la sostenibilidad fiscal. El capítulo se centra en el artículo 26 transitorio del Acto Legislativo 1 de 2017, que dispone la improcedencia de la acción de repetición y el llamamiento en garantía para los miembros de la fuerza pública que hayan cometido conductas punibles en el desarrollo del conflicto armado. La improcedencia de estos instrumentos judiciales suscita profundos interrogantes para la autora, quien se pregunta hasta qué punto puede y debe flexibilizarse la justicia. La autora parece tener una mirada bastante negativa de la justicia transicional en tanto que la presenta como medidas impuestas a las víctimas ignorando que el proceso de negociación del Acuerdo de Paz y con él, de la justica transicional en Colombia fue uno de los más participativos que ha habido hasta ahora en el país. De igual forma, la autora cuestiona la legitimidad del proceso de justicia transicional colombiano aludiendo a que los miembros de la Fuerza Pública no cuentan con el derecho a la deliberación ni al voto (p. 14) y argumentando por eso que no se encontrarían en condición de igualdad. Parece olvidar que las Fuerzas Armadas son una institución del Estado y no un actor independiente del conflicto, el cual fue uno de los principales actores en el proceso de negociación del Acuerdo.

Al volumen le haría falta una conclusión donde se presentan algunas reflexiones finales de los temas analizados en los distintos capítulos. Si bien el libro muestra algunos matices y diferencias entre los autores, falta un análisis de la perspectiva de las víctimas de dichos casos. De hecho, en varios de los análisis se notan sesgos, si bien no justificadores, sí un poco atenuantes de esta práctica criminal, tratándola como casos individuales. Una excepción es el capítulo de Rodríguez Gómez, que es el más crítico de la publicación e incluye la perspectiva de organizaciones de DD. HH, que explícitamente, citando un informe de Human Rights Watch, afirma que los casos de “falsos positivos” no fueron obra de unas “manzanas podridas”, sino que fueron cometidos por la gran mayoría de las brigadas en distintas regiones de Colombia a lo largo de varios años, contradiciendo así la propia introducción del libro. La descripción del modus operandi en los casos de “falsos positivos” implicó una logística que involucraba a distintos rangos militares y una serie de acciones coordinadas (como emitir “órdenes de operaciones” y otros documentos oficiales para autorizar las supuestas operaciones donde se asesinaba civiles) que dan cuenta del carácter organizacional y colectivo de esta práctica represiva. Como destaca Rodríguez, todos los “falsos positivos” fueron reportados oficialmente a comandantes de unidades tácticas, brigadas y divisiones como “muertes en combate”, pero las circunstancias poco verosímiles en la que sucedían evidenciaban irregularidades que difícilmente podía ser ignoradas por los altos mandos. Finalmente, un último punto que llama la atención es la discrepancia entre el tema planteado en el título de libro “Garantía de no repetición” y el contenido del mismo. Si bien es claro que el esclarecimiento tanto judicial, institucional como político de los casos de falsos positivos es una de las condiciones condición clave para generar política y reformas acordes que prevengan este tipo de prácticas estatales en el futuro, el análisis sobre cómo estas deberían llevarse a cabo esta ausente en el libro.

Investigando victimarios: dilemas y desafíos

La justicia transicional tanto en su discurso como en su práctica se ha focalizado en el reconocimiento y en la reparación de las víctimas, las cuales según algunos autores son las que les dan sentido y funcionan también a la vez como legitimación de dichas políticas (Mc Evoy 2013). Esta perspectiva también ha tenido su correlato en los estudios, investigaciones y bibliografía sobre memoria y justicia transicional, perspectiva que incluso algunos autores han denominado como “victimología”, es decir, donde el enfoque de análisis esta puesto en las consecuencias y afectaciones de la violencia, el rol y las modalidades de inclusión y participación de las víctimas en diversos mecanismos de JT por crímenes de lesa humanidad y violaciones masivas de DD. HH. (véase, por ejemplo, McGonigle Leyh 2011, Findlay 2009; Bonacker et al. 2013; Bonacker 2012). Sin embargo, los análisis y debates sobre los perpetradores en procesos de justicia, verdad y memoria sigue siendo escasos, especialmente en Argentina. En este marco, el cuarto libro a analizar en este artículo, editado por Claudia Feld y Valentina Salvi y titulado Las voces de la represión. Declaraciones de perpetradores de la dictadura argentina, publicado en la Editorial Miño y Dávila en 2019, ofrece una perspectiva valiente, critica e innovadora en los estudios de justicia transicional en Argentina. El objetivo del volumen y de las investigaciones que reúne es el análisis de diversas declaraciones públicas de perpetradores de la última dictadura cívica militar argentina, identificando sus repercusiones e impactos en el espacio público, así como también los sentidos e interpretaciones que generaron en la arena política.

Tanto las editoras como los y las autoras del libro dan cuenta de la problemática que implica analizar a violadores de derechos humanos que no muestran ningún arrepentimiento por sus crímenes. De hecho, como resaltan las editoras, desde el punto de vista ético y político, en Argentina siempre ha sido controversial el análisis de los victimarios y sus narrativas, salvo que ello ayudara directamente a la identificación, la denuncia y/o la judicialización de los responsables. De ahí que las editoras expliciten que analizar las declaraciones de perpetradores no implica en absoluto avalar o reproducir acríticamente sus manifestaciones, sino que, justamente porque esos dichos tienen efectos y genera sentidos en las luchas por la significación e interpretación del pasado, su estudio puede proveer herramientas que permitan intervenir en dichas luchas.

En Argentina, los perpetradores de las fuerzas de seguridad han mostrado ínfima o nula colaboración en la búsqueda de la verdad, la justicia y la reparación por los crímenes cometidos. El así llamado “pacto de silencio” de militares y policías sobre los crímenes cometidos ha sido la constante que ha perdurado en el tiempo. Sin embargo, el libro da cuenta de cómo este silencio corporativo respecto a sus crímenes, si se quebró en reiteradas ocasiones a través de declaraciones públicas dirigidas a justificar y/o negar la propia acción delictiva. Así, el libro se focaliza en el análisis de declaraciones públicas de ciertos militares y policías reconocidos que ocuparon altos cargos durante la dictadura. Entre ellos, Jorge Rafael Videla, Albano Harguindeguy, Horacio Mayorga y Miguel Etchecolatz, y de otros con menor notoriedad que fueron parte del aparato represivo, como Raúl Vilariño, Julio Simón, Julián Corres, Omar Torres y Eduardo Costanzo. Los distintos capítulos del libro analizan casos de trascendencia nacional y otros más en contextos locales específicos del interior del país como Bahía Blanca, San Miguel de Tucumán y Rosario. Las editoras resaltan que la intención del libro es repensar el modo en que las declaraciones públicas de perpetradores inciden en las luchas pasadas y presentes de construcción de memoria social sobre lo sucedido tanto durante la dictadura como en los procesos actuales de verdad, justicia y reparación. Las detalladas investigaciones que dan vida al libro ponen en evidencia así la agencia y la cosmovisión de los responsables de los crímenes dictatoriales en Argentina y la utilización de los medios de comunicación como mecanismo de difusión de sus narrativas al espacio público y político.

El libro contiene una introducción de las editoras a la que posteriormente siguen cuatro secciones que marcan diversas coyunturas históricas y sociales desde la dictadura cívico militar (1976-1983) a la actualidad. Los 10 capítulos del libro analizan casos de declaraciones públicas de perpetradores militares –y sus impactos sociales y políticos– en cuatro periodos de tiempo históricos concretos (durante la dictadura, en la transición democrática, en las décadas de impunidad de los noventa y los inicios del siglo xxi y, finalmente, el contexto de realización de juicios de lesa humanidad después de 2005 (p 14).

En la primera parte del libro, titulada “Voces del régimen”, compuesta por los capítulos de Eva Muzzopappa, Paula Canelo y Valentina Salvi, el análisis se focaliza en las trayectorias de tres altos mandos de las fuerzas armadas, desde el periodo de la dictadura (1976-1983) hasta sus muertes, ya en el siglo xxi. El análisis de estas figuras muestra una continuidad del discurso y la posición de los preparadores a lo largo del tiempo y en contextos políticos diferentes. Allí se evidencia cómo el eje de las declaraciones públicas de los militares se centró principalmente en la negación, justificación y reivindicación de los crímenes cometidos. Estas declaraciones, remarca el libro, se han dirigido hacia distintas audiencias en función de sus intereses. Sus destinatarios han sido, por una parte, los cuadros militares –ya sean subordinados, camaradas de armas o nuevas generaciones de militares– y, por otra parte, audiencias más amplias como la dirigencia política o la sociedad en su conjunto. Cuando se han dirigido a las filas militares, estos altos mandos han destacado su lugar como miembros de una institución “honorable”, con valores como el sacrificio, la obediencia, el coraje. Así, el artículo de Eva Muzzopappa expone cómo las declaraciones del contralmirante Horacio Mayorga2 tuvieron un rol clave para reforzar la cohesión moral de los cuadros medios y bajos justificando la acción represiva como un “acto de caballeros” (p. 18), lo cual apuntaba a liberarlos de la descalificación social. Los capítulos de Canelo y Salvo también muestran cómo los ex “hombres fuertes” del régimen militar –en especial Albano Harguindeguy, ministro del Interior entre los años 1976 y 1981, y Jorge Rafael Videla, integrante de la junta militar y primer presidente del gobierno dictatorial– han apelado frecuentemente al discurso de “salvadores de la patria” y “guerreros” (p. 93) para dirigirse a una audiencia más amplia como los medios de comunicación y la sociedad. Sin embargo, como destaca el libro, esos intentos fallidos por justificar, silenciar y encubrir los crímenes, si bien han tenido repercusiones y generados debates entre algunos sectores de la sociedad, no han resultado triunfantes en la construcción de memorias sociales más amplias sobre la dictadura, ya que los y las desaparecidas siguen estando en el centro de políticas públicas y de memoria tanto del Estado como en las iniciativas de la sociedad civil.

En la segunda sección del libro, “Voces de la transición: revelar, arengar”, Claudia Feld y Diego Galante muestran cómo las declaraciones públicas de perpetradores raramente se han producido de manera aislada. El autor y la autora analizan lo que llaman ciclos u “oleadas” de declaraciones, caracterizadas por momentos de mayor exposición y presencia en los medios masivos de comunicación y otros de “repliegue” (p. 20). Así, identifican cuatro “oleadas” en los treinta años posteriores a la dictadura, siendo la primera “oleada” de declaraciones en los primeros dos años de la transición democrática (1984 y 1985) en los que tuvieron lugar la CONADEP y el juicio a las juntas militares. Durante ese periodo, muchos medios de comunicación publicaron declaraciones de militares y policías sospechosos de haber pertenecido al aparato represivo. El excabo de la armada Raúl Vilariño –cuyas declaraciones analiza el artículo de Claudia Feld– dio varias entrevistas a semanarios sensacionalistas, que fueron publicadas con detalles escabrosos sobre las atrocidades cometidas en el centro clandestino de detención de la ESMA. Como sostiene Feld, estas declaraciones y también las de otros represores más conocidos, no pueden comprenderse sin identificar el tratamiento sensacionalista y macabro que caracterizó en esos meses la representación por parte de la prensa de un tema sensible como el de la desaparición forzada de personas. En ese contexto, la tarea de la CONADEP dio prioridad a la voz de los sobrevivientes para conocer los detalles de los secuestros y de las torturas, e identificar los lugares de detención clandestina y a los responsables. Si bien la labor de la CONADEP fue rechazada por los militares, el libro da cuenta de cómo algunos miembros subalternos de seguridad dieron testimonio en la comisión dando algunas informaciones sobre el cautiverio y los asesinatos clandestinos (p. 22). Sin embargo, estas declaraciones no circularon públicamente. Como muestra el capítulo de Diego Galante, el debate sobre la responsabilidad de los crímenes y –consecuentemente– sobre el “castigo a los responsables”, impregnaba ese momento histórico en el que también tuvo lugar el juicio a las juntas militares. Este se centró en los altos mandos militares, quienes en sus declaraciones buscaron definiciones ad hoc de su responsabilidad que, como explica Galante, les permitiera a la vez salvaguardar el honor ante los subordinados y obtener la exención de los jueces. Posteriormente y con la aprobación de las así llamadas “leyes de impunidad” (1986-1987) y de los indultos (1989-1990) que impedían la persecución penal de militares y policías, hubo un repliegue de las voces militares de la escena pública, las cuales vuelven a resurgir en una segunda y tercera oleada a fines de los años 1990. Estas son analizadas en la tercera sección del libro bajo el título “Voces de la impunidad: jactarse, negar”, con los capítulos de Luciana Messina y Enrique Andriotti Romanin, quienes examinan las declaraciones de perpetradores tanto en medios de comunicación masivos como en los así llamados “juicios de la verdad”. La “segunda oleada” se refiere a las declaraciones públicas del capitán de Marina Adolfo Scilingo, que fueron seguidas por una serie de intervenciones mediáticas de militares con gran impacto público. La intervención pública de Scilingo sobre los llamados “vuelos de la muerte” expuso públicamente a los militares como responsables de asesinatos masivos en varios medios de comunicación, especialmente en la televisión. Términos como los de “arrepentimiento” y “confesiones” se instalaron como interpretación de las declaraciones de Scilingo, aunque no hubo ni uno ni lo otro, ya que las declaraciones no aportaron información nueva. De hecho, como muestra Luciana Messina, los militares no hicieron más que jactarse y reivindicar lo hecho por las fuerzas de seguridad en programas de televisión. En esos años de impunidad, como analizan los capítulos de esta sección, la difusión de la voz de los perpetradores por la televisión careció de crítica e, incluso, se produjo una suerte de igualación entre los dichos de las víctimas y los victimarios, como versiones válidas sobre el pasado. Estos análisis muestran cómo el contexto de impunidad reforzó un mensaje social en el que “la verdad” que reivindicaba a los perpetradores se igualaba en los medios de comunicación a los relatos de las víctimas. Sin embargo, como indica Feld, esta “oleada” de declaraciones con amplia visibilidad y repercusión pública tuvo paradójicamente consecuencias inesperadas generando “ventanas de oportunidad” para que los organismos de derechos humanos hicieran avanzar sus causas (p. 25). De hecho, fue con el inicio de los denominados “Juicios por la Verdad” a fines la década de 1990 (instancias judiciales ad hoc que excluía la sanción penal, pero con la función de reconstruir la verdad sobre lo sucedido), cuando se logró obtener nuevos testimonios y acumular pruebas documentales que se utilizarían años después para los juicios por crímenes de lesa humanidad (Figari Layús 2017). En los Juicios por la Verdad fueron especialmente los rangos bajos quienes brindaron información relevante. Varias de estas declaraciones generaron un alto impacto y habilitaron nuevas vías de investigación sobre lugares de detención y tumbas NN. Los oficiales y policías de mayor rango, por el contrario, adujeron no recordar o desconocer los hechos ante el tribunal, como explica Andriotti Romanin en su capítulo.

La cuarta y última sección del libro se focaliza en la “cuarta ola” de declaraciones de perpetradores en el marco de los juicios por lesa humanidad que empezaron a llevarse a cabo de forma regulara partir de la anulación de las leyes de impunidad por parte de la Corte Suprema en 2005. En esta sección se relata cómo, durante las audiencias judiciales, la mayoría de los perpetradores realizaba declaraciones principalmente cuestionando los procesos penales y acusando y amedrentando a las víctimas. Sin embargo, los capítulos de Santiago Garaño y Valentina Salvi identifican también algunos casos en los que militares de bajo rango aportaron información relevante sobre el funcionamiento del aparato represivo, e incluso rompieron en llanto o pidieron perdón. El capítulo de Santiago Garaño, muestra de qué manera el testimonio del ex gendarme Omar Torres, que aportó valiosa información como testigo en la “megacausa” de la Compañía de Arsenales Miguel de Azcuénaga, en la provincia de Tucumán, se constituyó a lo largo del tiempo en una fuente de información legítima y reconocida por diversos organismos de derechos humanos. Igualmente, Salvi analiza cómo Eduardo “Tucu” Costanzo, personal civil de inteligencia que operó en centros clandestinos de la ciudad de Rosario, identificó a otros represores, describió las circunstancias en las que fueron asesinados diversos grupos de detenidos desaparecidos, señaló el lugar en el que fueron inhumados clandestinamente restos de desaparecidos y contribuyó con información para la restitución de la identidad de una hija de desaparecidos. En ese sentido, como sostiene Salvi, a diferencia de las declaraciones producidas en los medios de comunicación en las décadas previas, la palabra de los perpetradores en el marco judicial, forma parte de un proceso institucional que coloca a las víctimas en una posición en la que cuentan con capacidad de respuesta, de acción y de argumentación sobre lo dicho.

El libro es un gran aporte para el debate político, legal y académico sobre el rol de los perpetradores no solo en la comisión de crímenes atroces sino también en su participación en procesos de construcción de memoria y justicia transicional. El análisis de las conductas y discursos de perpetradores es un enfoque relativamente nuevo en Argentina que merece seguir siendo explorado para poder entender cómo siguen (o no) operando en los contextos actuales. En este marco, sería interesante incluir una concepción más amplia sobre quiénes eran perpetradores más allá de las fuerzas de seguridad e incluyendo a actores civiles y élites económicas, como hace el libro que se analiza a continuación, también sobre el caso argentino.

Responsabilidades civiles

Los actores civiles han desempeñado –y en muchos casos lo siguen haciendo– un rol clave en el ejercicio de la violencia política, ya sea a través del apoyo a regímenes dictatoriales en el Cono Sur o a actores armados en escenarios de conflictos internos como los casos Colombia y América Central. Si bien son todavía escasas, hay algunas investigaciones que dan cuenta del rol activo de las élites y otros actores civiles en dictaduras y conflictos armados tanto en sus responsabilidades en graves violaciones de derechos humanos también de los beneficios que obtuvieron de las mismas en América Latina (O’Donnell 1993; Pucciarelli 2004; Basualdo 2017; Vélez-Torres 2016) y otras regiones del mundo (Mende 2017; Rittberger 2004). De manera muy gradual en los últimos años, se han ido desarrollando algunas investigaciones sobre cómo el rol de actores civiles, especialmente empresas, es indagado y tratado –o incluso ignorado por mucho tiempo– en los procesos de justicia transicional (Roht-Arriaza 2013; Franzki 2012; Payne y Pereira 2016; Payne 2017; Bernal Bermúdez 2017). Sin embargo, este tipo de enfoques sigue siendo relegado tanto en las investigaciones académicas como en las políticas mismas de justicia transicional. De ahí la gran importancia de un libro como el de Laura García Martín, titulado Transitional Justice, Corporate Accountability and Socio-Economic Rights Lessons from Argentina, publicado por Routledge en 2020. El libro examina minuciosamente cómo a partir del derecho internacional de los derechos humanos se puede abordar la responsabilidad empresarial y las violaciones de derechos económicos, sociales y culturales en los procesos de justicia transicional. Basándose en el caso argentino, la autora describe los desafíos teóricos y prácticos de incluir el tratamiento de la responsabilidad empresarial en los procesos de justicia transicional a través de sus diversos mecanismos. La autora argumenta que es crucial considerar el papel de todos los actores (estatales y no estatales) que participaron en el ejercicio de la violencia como así también dar respuesta a todo el espectro derechos humanos vulnerados, dando lugar así a un abordaje adecuado de las causas de la violencia y los conflictos, y contribuir a la construcción de una paz sostenible (p. 4).

El libro se divide en tres grandes secciones. Las partes una y dos contienen el marco teórico. La primera ofrece una introducción amplia sobre el paradigma, evolución, mecanismos, teorías y desafíos de la justicia transicional, entre los cuales se encuentra el escaso tratamiento que esta ha hecho de las violaciones de derechos económicos, sociales y culturales (DESC). Como Laura García Martin remarca, la mayor parte de las políticas de JT se ha centrado tradicionalmente en ciertos derechos civiles y políticos (DCP), así como en las violaciones de la integridad física, dejando de lado otros derechos vulnerados. En especial, la autora aboga por la importancia de considerar los derechos laborales como derechos humanos fundamentales que deben ser resguardados por los Estados.

Y si bien junto con los DCP los DESC son parte del marco jurídico universal de los derechos humanos, estos suelen ser invisibilidad o tener muy poco tratamiento en la justicia transicional (pp. 51-53), lo cual conllevan grandes riesgos para la garantía de no repetición, uno de los objetivos más aclamados por la JT. Las violaciones de derechos socioeconómicos suelen ser más que usuales en contextos de violencia política y regímenes autoritarios. Con lo cual considerarlos puede proporcionar, no solo una comprensión más profunda de las causas fundamentales subyacente a la violencia, sino que puede ser clave para la toma de medidas apropiadas que contribuyan a reducir las posibilidades de recurrencia en el futuro. Esto se hace especialmente relevante en una región como América Latina, en la que la mayoría de las dictaduras se ha caracterizado por la aplicación de políticas económicas neoliberales que contribuían a la precarización laboral, lo cual se combina con una fuerte práctica de represión y persecución de los sindicatos y del movimiento obrero que oponían resistía a las mismas. Esta primera sección del libro (caps. 1-3) también da cuenta de si bien, en algunos casos, los mecanismos de la JT (especialmente las comisiones de verdad) han abordado algunos aspectos de las violaciones de los DES, por lo general las investigaciones han sido tímidas y prácticamente no se sancionado los responsables de tales abusos ni otorgado reparaciones a las víctimas, lo cual en la mayoría de los casos sigue poniendo en evidencia un enfoque muy limitado.

La segunda parte del libro (caps. 3 y 4) se concentra en la temática de la rendición de cuentas de actores económicos por su participación en violaciones DD. HH. en diversos contextos. Allí la autora detalla primeramente las distintas formas de complicidad empresarial (directa, indirecta, silenciosa) y los diversos marcos normativos internacionales y nacionales que regulan lo que debería ser el accionar empresarial. La justicia transicional se ha centrado tradicionalmente solo en la violencia patrocinada por el Estado o por otros actores armados, pero no tanto así en el rol de actores civiles. De ahí que, en la última parte de esta sección (cap. 4), García Martín explore diferentes formas en las que la responsabilidad corporativa podría ser abordada de manera efectiva en los procesos de justicia transicional, ilustrando con ejemplos cómo se ha hecho en algunos casos. La autora hace un balance de cómo los distintos instrumentos de JT han abordado el tema de la complicidad empresarial en abusos de derechos humanos y destaca el potencial transformador que la adopción de dicho enfoque podría tener. Sin embargo, el tratamiento que la JT hasta la actualidad en estos casos es muy similar a los que sucede con respecto a las violaciones de los DESC: sigue siendo muy pobre y limitado. Mientras que son las comisiones de verdad las que han documentado en mayor medida –aunque muy parcialmente– este tipo de abusos, las consecuencias judiciales para las corporaciones hasta ahora han sido mínimas. La autora incluso destaca que los obstáculos que enfrentan las víctimas que buscan justicia penal y civil en la justicia ordinaria suelen acentuarse en los escenarios de justicia transicional debido a factores como un débil Estado de derecho, prácticas de corrupción, limitaciones presupuestarias y otras dificultades logísticas relacionadas con los sistemas judiciales (p. 116). Similar es el caso de las reparaciones. Las empresas podrían tener un rol más activo y responsable en la provisión de distintos tipos de reparaciones tanto materiales como simbólicas, incluyendo no solo el pago de compensaciones monetarias sino también, por ejemplo, la construcción de memoriales o con pedidos públicos de disculpas. Sin embargo, esto ha sucedió en muy pocos casos (p. 118).

La tercera parte del libro (cap. 5) ya se centra en el caso de Argentina, analizando el golpe de Estado y las dinámicas de la represión, y poniendo especial énfasis en la persecución sufrida por los y las trabajadoras como así también en el rol de las corporaciones y los grupos económicos que se beneficiaron de la misma. La autora da cuenta del contexto histórico y sociopolítico del gobierno dictatorial describiendo cómo las políticas económicas y sociales implementadas en ese período modificaron sustancialmente el paradigma de poder económico del país, beneficiando directamente a una pequeña élite de empresas y grupos económicos más cercanos al régimen. La vinculación de estas, a su vez, con graves violaciones de DD. HH. llevaron a que hoy en día se describa al régimen militar como una dictadura cívico-militar. De esta forma, el libro expone cómo, con el objetivo de desarrollar una política económica neoliberal, el gobierno militar violó no solo derechos civiles y políticos, sino también, y notablemente, derechos socioeconómicos. Los derechos laborales, como el derecho a formar y afiliarse a sindicatos, fueron constantemente violados, siendo los trabajadores y los representantes sindicales uno de los principales objetivos de la represión. Además de intervenir y disolver los sindicatos y centrales obreras más importantes, se suspendió el derecho de huelga para evitar la reivindicación de derechos laborales y sociales. La represión estatal se centró no solo en las disidencias y militancias políticas radicalizadas, sino también en disciplinar a la clase trabajadora, que había acumulado poder político y social durante las décadas anteriores. Todas las medidas restrictivas implementadas por el gobierno militar fueron consideradas como requisitos necesarios para hacer cumplir el nuevo plan económico en beneficio de las elites. El libro resalta que el reordenamiento nacional llevado a cabo por la dictadura transformó por completo la estructura económica y social, afectando severamente el nivel de ingresos de los trabajadores y sus condiciones de vida como así también el régimen laboral y sindical dando lugar a un aumento de los niveles de explotación, precariedad productiva y pauperización de condiciones laborales.

En la segunda parte de esta sección (cap. 6), se hace un análisis del proceso de verdad, justicia y memoria en Argentina, particularmente considerando cómo los derechos socioeconómicos y la participación empresarial en violaciones de derechos humanos han sido tratados dentro de los mecanismos de justicia transicional. Allí se ve claramente como las organizaciones de víctimas y de DD. HH. fueron las principales impulsoras de los procesos de rendición de cuentas incluidos aquellos por complicidad empresarial. También se remarca como el proceso de justicia transicional en la Argentina se ha centrado principalmente en el esclarecimiento por las desapariciones forzadas y en otras violaciones a la integridad física, por lo que elementos socio-económicos de la represión no han sido el foco de atención. Incluso aunque las vulneraciones socioeconómicas y la complicidad empresarial con la dictadura fueran reveladas ya en los años ochenta con la CONADEP, estas fueron principalmente concebidas simplemente como parte del contexto en el que se desarrollaron las prácticas represivas. De hecho, la CONADEP ni siquiera formuló recomendaciones específicas para sancionar este tipo de actores ni otorgar reparaciones a sus víctimas (p. 187). Si bien en los últimos años, las políticas de memoria, verdad y justicia han comenzado muy gradualmente a otorgar mayor atención al papel de las empresas en la represión estatal, estas iniciativas han producido resultados mixtos hasta el momento. De hecho, recientemente, ha habido algunos procesamientos penales contra empresarios por su participación en crímenes de lesa humanidad, pero las condenas no han sido uniformes. Las acciones civiles se han promulgado principalmente como subsidiarias de procesos penales por los mismos delitos. De igual forma, las reparaciones monetarias en Argentina también han excluido a las corporaciones ya que estas han sido únicamente provistas con recursos del Estado sin considerar otras opciones. De allí que el libro concluye con un balance mixto del proceso de justicia transicional en Argentina, el cual sigue teniendo lugar hasta el día de hoy. y presenta todavía muchas asignaturas pendientes ya que ni los abusos a los derechos económicos y sociales ni la participación empresarial han sido todavía abordada de manera integral.

Las conclusiones del libro presentan un análisis compacto de los avances, pero también de los principales desafíos no solo del caso argentino sino también a nivel global. La relevancia del estudio de caso argentino y el minucioso análisis de la autora sirven para visibilizar, por un lado, cómo las corporaciones pueden ser parte integrante de regímenes autoritarios y beneficiarse de los mismos y, por otro, cómo dichos regímenes afectan seriamente los derechos socioeconómicos de la población. El caso argentino también da cuenta de las asignaturas pendientes de la JT, ya que allí, como en tantos otros países, las medidas implementadas casi no han prestado atención a esta problemática. A modo de cierre, la autora considera que el interés y preocupación internacional sobre el rol de las empresas en violaciones de derechos humanos es un campo muy reciente en el que todavía falta mucho por hacer. De hecho, la autora señala que, si bien hay algunos avances a nivel internacional en la materia, como los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas de 2011, estos solo brindan recomendaciones a empresas que operan en contextos de conflictos armados para evitar su participación en abusos, pero no mucho más que eso. La posibilidad de crear instrumentos internacionales más fuertes que tenga un carácter de cumplimiento obligatorio para las empresas y donde se delimiten sanciones claras no parece estar en un futuro muy cercano.

El análisis de estas cinco obras nos muestra algunas de las problemáticas y desafíos actuales más relevantes que enfrentan las políticas de JT en diversos contextos de América Latina. Las dinámicas políticas, históricas, económicas y socioculturales de cada caso en particular definen la forma en que se diseñan e implementan los procesos de justicia transicional a nivel local. Sin embargo, la rápida y continua expansión del paradigma de la JT revela tres rasgos y/o tendencias comunes que atraviesan a muchos de los Estados latinoamericanos hoy en día: 1) la actualidad de las consecuencias de las “violencias del pasado” en el presente como así también la convivencia de estas con nuevas formas de violencia, ejercidas por un gran espectro de actores, además del Estado, 2) la expansión y persistente lucha de organizaciones de la sociedad civil y colectivos de víctimas, que son los principales actores que han exigido y apoyado fuertemente las medidas de JT desde sus orígenes hasta la actualidad, 3) la ausencia de respuestas efectivas y adecuadas por parte de las instituciones ordinarias del Estado (empezando por el sistema judicial), ya sea por incapacidad o por falta de voluntad política para abordar y garantizar en forma digna, efectiva y acorde las necesidades y derechos de las victimas

Títulos reseñados

Barbosa Castillo, Gerardo; Andrés Rolando Ciro Gómez; Juan Rodríguez Gómez y Gonzalo Cataño (eds.). 2020. Garantía de no repetición: una contribución a la justicia transicional. Bogotá: Universidad del Externado de Colombia.

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García Martín, Laura. 2020. Transitional Justice, Corporate Accountability and Socio-Economic Rights Lessons from Argentina. New York: Routledge.

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1 Hubo una disposición secreta firmada por el ministro de Defensa Camilo Ospina Bernal que, en 2005, circulaba por las oficinas castrenses y que ofrecía el marco de los incentivos (El Espectador, 2008). Esta directiva, revocada cuando estalló el escándalo de los “falsos positivos”, se vio reforzada meses después por un decreto presidencial (el 1400 de 2006) por el cual se creaba una bonificación por Operaciones de Importancia Nacional.

2 Uno de los responsables por la masacre de Trelew (1972), en la que se llevó a cabo el fusilamiento de dieciséis integrantes de organizaciones armadas de izquierda y peronistas.