DOI: 10.18441/ibam.25.2025.90.101-119

“Americanos, vienen a España guapos y sanos”: migraciones “invertidas” en el Madrid franquista1

Americanos, vienen a España guapos y sanos”: “Deviant” Migrations in Francoist Madrid

Moisés Fernández-Cano

University of Stirling, Reino Unido

mf61@stir.ac.uk
ORCID ID: https://orcid.org/0000-0002-6955-1885

1. Introducción

El cine Callao abrió sus puertas en 1926 en la intersección de la calle Jacometrezo con la Gran Vía de Madrid. Desde su inauguración, su posición estratégica en el centro de la ciudad lo situó como un espacio de referencia dentro de la escena cinematográfica madrileña. La sala Callao se convirtió rápidamente en protagonista habitual de alguno de los estrenos más importantes del panorama español e internacional (siempre que dicho estreno pasara el control de la censura).2 Por ejemplo, el 4 de abril de 1953, el director de cine valenciano Luis García Berlanga y la Unión Industrial Cinematográfica (UNINCI) escogieron Callao para el estreno de su última producción: Bienvenido, Míster Marshall.3

Figura 1. Escena de la película “Bienvenido, Mr. Marshall” (1953).

La película transcurría en un pueblo ficticio de España donde sus habitantes se involucraban en una serie de extravagantes preparativos ante la previsible llegada de un cuerpo diplomático estadounidense. En un momento determinado del filme, todo el pueblo sale en masa a la calle a cantar guiado por su alcalde y una cantante de copla, que interpretaron las estrellas del celuloide español José Isbert y Lolita Sevilla. En esta escena, la gente recorre las calles de la localidad mientras entonan con entusiasmo y al unísono “Americanos, vienen a España guapos y sanos […] os recibimos, americanos con alegría”. Pero ¿a qué americanos4 cantaban en esta canción y cuál era el motivo de tan alegre recibimiento?

La película de Berlanga sirve más como síntoma que como eje o motivo propulsor de este trabajo. El objetivo de este artículo es analizar la presencia de migrantes de origen americano en España, concretamente en Madrid, utilizando como base el archivo judicial de Vagos y Maleantes. Mi propósito es explorar la relación e interacción de estas personas con las cotidianidades sexodisidentes de la ciudad durante el franquismo, así como el trato que recibieron por parte de la justicia franquista en función de su país de origen, raza y clase social.5 Aunque el pueblo retratado en Bienvenido, Míster Marshall daba alegremente la bienvenida a los “americanos”, el aparato judicial franquista parece emplear cierta discrecionalidad, pudiendo mostrar un talante diferente si la persona encausada era estadounidense o de otro país americano. Esta aparente arbitrariedad hunde sus raíces en el propio desarrollo de la política y la sociedad española de los años cincuenta, un contexto sin el que tampoco podría entenderse a qué americanos cantaba Lolita Sevilla en la película: tras la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), el gobierno de los Estados Unidos aprobó una serie de ayudas y préstamos económicos a varios países del continente europeo a través del conocido como Plan Marshall. El objetivo de estas ayudas era facilitar la recuperación de estos países tras la devastación producida durante el conflicto bélico, así como frenar el avance de los partidos comunistas, que gozaban de gran apoyo político y social tras la guerra (Kunz 1997, 163). Sin embargo, la cercanía de la dictadura franquista con el régimen nacionalsocialista alemán y el fascismo italiano condujeron al aislamiento político y económico de España por parte de la comunidad internacional y su exclusión, entre otras medidas, del citado Plan Marshall.

En 1946, la Resolución 39 del Consejo de Seguridad la Organización de las Naciones Unidas (ONU) abordó la “cuestión española”, en la que recomendaba a sus países miembros la interrupción de relaciones diplomáticas con España (ONU 1946). Este documento condenaba al régimen franquista, al menos sobre el papel, a una suerte de ostracismo táctico en el esquema político internacional, al solicitar la retirada de embajadores y otras delegaciones diplomáticas del territorio español. Una parte significativa de los estados que integraban la ONU cesaron temporalmente sus vínculos con España. Esta medida tenía la esperanza de restituir un gobierno de carácter democrático en el país. En consecuencia, el tránsito entre los años cuarenta y la década de los cincuenta supuso para el régimen franquista un período de relativo aislamiento internacional. No obstante, países como Argentina, bajo el gobierno de Juan Domingo Perón (1946-1955), desoyeron las resoluciones emitidas por la ONU, manteniendo una colaboración estrecha con el franquismo (Delgado 1988, 131-132). Otras repúblicas de Latinoamérica siguieron el ejemplo de Argentina, lo que provocó que el aislamiento buscado con estas acciones no fuera real ni verdaderamente efectivo. Además, las relaciones entre Estados Unidos y el régimen franquista pronto pasarían del bloqueo y la negación a una suerte de inesperado idilio bajo el paraguas de la Guerra Fría.

El 27 de marzo de 1953, el presidente estadounidense Dwight D. Eisenhower (1953-1961) designó al diplomático James Clement Dunn como embajador de Estados Unidos en España (1953-1955), tras su paso por las embajadas de Roma y París.6 Precisamente, Dunn había gestionado las relaciones diplomáticas estadounidenses con estos dos países europeos durante la gestión de los fondos del Plan Marshall. La casualidad quiso que el nuevo embajador llegase a Madrid desde Washington el día del estreno de la película de Berlanga en el cine Callao, encontrándose con una ciudad engalanada con carteles e imágenes que rezaban Bienvenido, Mr. Marshall (Pulido 2013). Aunque no existe una conexión directa entre este nombramiento y la película, parte del cometido diplomático de James Clement Dunn coincidía con los anhelos de ayuda económica y reconocimiento internacional que quedaban plasmados en la cinta española. Más allá de su función lúdica, el filme de Berlanga abordaba de manera satírica los modos y costumbres de la sociedad del momento, así como su aparente necesidad de buscar el beneplácito y apoyo de potencias extranjeras. En este sentido, la cinta trascendía su función como mero producto de entretenimiento, captando la necesidad específica de obtener la aprobación de Estados Unidos, al tiempo que ofrecía una crítica no demasiado velada al papel y la influencia del país norteamericano en el devenir de la realidad social y económica española tras la Segunda Guerra Mundial.

En septiembre de 1953, apenas unos meses más tarde del estreno del filme, los gobiernos de España y Estados Unidos firmaron un acuerdo que establecía la instalación de cuatro bases militares estadounidenses en territorio español: una base en Barcelona, otra base en la ciudad gaditana de Rota y dos bases aéreas en Zaragoza y Madrid. Este acuerdo se enmarcaba en el acercamiento progresivo entre ambos países en el nuevo escenario internacional planteado por la Guerra Fría, donde el régimen franquista se mostraba como un posible aliado frente a la Unión Soviética. Como consecuencia, en 1959, el dictador Francisco Franco (1939-1975) sellaba de forma simbólica estos acuerdos al recibir al presidente estadounidense Dwight D. Eisenhower para inaugurar la base militar de Torrejón de Ardoz en Madrid. Durante el período de negociaciones (1953-1959), las relaciones diplomáticas entre ambos países sufrieron una transformación radical, así como la situación de España dentro del concierto político mundial. Lejos quedaba la Resolución 39 de la ONU y sus pretensiones de reinstaurar un gobierno democrático para España. Los acuerdos económicos y militares propiciaron la llegada paulatina de personal estadounidense a territorio español, particularmente a ciudades como Barcelona y Madrid.

Estas transformaciones, estos aires de cambio y la supuesta apertura hacia el exterior no supusieron en ningún caso un viraje político dentro del régimen franquista, al menos en política sexual. Los atisbos o señales de aperturismo estaban perfectamente enmarcados dentro de la intención política del régimen de obtener crédito internacional. En este mismo período, la política doméstica no abandonó su carácter represivo, acentuándose, entre otras cosas, el control de la vida sexual y privada de la ciudadanía española. El 15 de julio de 1954, las cortes franquistas modificaron la antigua ley republicana de Vagos y Maleantes de 1933 para introducir de forma explícita la homosexualidad como uno de los tipos penales perseguidos por la norma (Portilla 2023, 129-132). Hasta el momento, la legislación española había perseguido la disidencia sexual y de género a través de figuras legales como la corrupción de menores o el escándalo público, pero no constaba de una norma que persiguiese explícitamente la homosexualidad. De este modo, mientras Madrid se convertía en destino y residencia habitual para extranjeros, diplomáticos y estrellas de Hollywood como Ava Gardner, Orson Welles o Gary Cooper, las instituciones franquistas redoblaban sus esfuerzos en el control y la vigilancia de la moral y la vida sexual de su ciudadanía. En todo caso, las consecuencias de estos cambios legales no afectaron a todas las personas por igual ni se aplicaron con los mismos criterios.

El propósito de este trabajo, sin embargo, no es ofrecer un panorama general sobre las implicaciones legales derivadas de la modificación de la Ley de Vagos y Maleantes en 1954, sino analizar y exponer aquellos casos de “inversión sexual” que implicaron a migrantes de origen americano. Este análisis se sitúa en el contexto de coincidencia entre el cambio legislativo contra las personas homosexuales y la transformación de las relaciones diplomáticas entre España y Estados Unidos. La reforma de la Ley de Vagos y Maleantes abarcaba una amplia gama de tipos legales que trascendían “la inversión sexual”, incluyendo condenas por motivos tan dispares como el trabajo sexual, la mendicidad o el consumo de drogas. En cualquier caso, la Ley de Vagos y Maleantes también opera en este artículo como marcador temporal, delimitando todos los casos dentro del período de aplicación de la legislación y dentro del contexto de las relaciones entre España y otros países americanos durante la Guerra Fría. Asimismo, la elección de una perspectiva local frente a un estudio más general busca desgranar las dinámicas específicas de la capital española, al mismo tiempo que permite acotar geográficamente las historias que se abordarán en este trabajo.

Las décadas centrales del siglo xx marcaron una época de gran transformación social y económica en España, pero dicha transformación fue desigual. Ciudades como Madrid y Barcelona recibieron la llegada masiva de migrantes procedentes de otras provincias del Estado, lo que propició dinámicas sociales que difícilmente fueran comunes en otras zonas del país. De igual forma, aunque el auge del turismo fue un fenómeno que afectó a todo el territorio español, su impacto en la ciudad de Madrid no puede compararse con el de las zonas costeras. Si bien la capital también atraía turistas, fue especialmente notable el flujo constante de personal diplomático, cultural y militar, lo que dota a los expedientes de la ciudad de una cierta singularidad en sus perfiles y características. De este modo, emplear una perspectiva local habilita una oportunidad de entender cada historia desde la cotidianidad de la ciudad y desde sus especificidades territoriales, sociales y culturales (Cáceres-Feria y Valcuende 2014; Huard 2014; Ferrández Pérez 2022).

Por último, la elección de casos que implican al menos a una persona de un país americano deriva de una doble consideración: en primer lugar, la presencia de expedientes que involucran a migrantes o turistas de origen europeo es residual para el caso de Madrid.7 Como señala Geoffroy Huard (2021), la justicia franquista fue una justicia de clase, lo que implica que una parte significativa de las personas detenidas bajo la Ley de Vagos y Maleantes pertenecieron a familias de clase obrera y de origen español. En el marco de los años cincuenta y sesenta, la situación socioeconómica de la mayoría de las personas europeas que residían o visitaban Madrid distaba de la situación de gran parte de la clase obrera española. Esto no significa, en cualquier caso, que no existiera una relación entre estas personas y los espacios de disidencia sexual de la capital española, pero dicha conexión no será objeto de interés en este trabajo. En segundo lugar, el foco en los casos americanos permite considerar la aplicación de la ley no solo en término de clase, sino desde un prisma (neo)colonial que también cuestiona o matiza estos principios de clase. El número de hombres latinoamericanos encausados por “inversión sexual” es superior al de otros países, especialmente en comparación con los casos vinculados a Estados Unidos. La justicia franquista exhibió un proceder distinto frente a personas que provenían de las antiguas colonias españolas, independientemente de su clase social u ocupación laboral, en contraste con los casos que involucraban a personas estadounidenses8.

2. E pluribus unum 9

Durante el franquismo, las bulliciosas aceras de la Gran Vía madrileña ofrecían un camuflaje discreto al anhelo de hombres que buscaban la compañía íntima de otros hombres. Más allá de su ajetreo cotidiano, sus calles aledañas albergaban un sinfín de pensiones, hostales y oscuras salas de cine que facilitaban encuentros al margen de la vigilancia social y policial (Fernández-Cano 2023, 274). El 11 de mayo de 1965, el Juzgado de Vagos y Maleantes de Madrid abrió diligencias contra un joven de veinte años por estar “en las inmediaciones de la Avenida de José Antonio,10 dedicándose al tráfico con invertidos”.11 El joven prestó declaración tras su detención, afirmando ser natural de la provincia de Jaén, dedicarse a la panadería y haber sido “detenido en la Gran Vía a las 2:30 cuando salía del cine, por acompañar a un americano que vivía por la Moncloa”.12 El caso no especifica quién era este “americano”, a qué se dedicaba o si era residente de la ciudad. El detenido fue condenado, aunque no se indican otras pruebas o testimonios o proceso alguno contra el citado “americano”. No obstante, este caso marca una tendencia creciente desde principios de los años sesenta en los expedientes judiciales de la ciudad de Madrid: la implicación de hombres estadounidenses con jóvenes españoles, muchos de los cuales ejercían el trabajo sexual. Los expedientes judiciales que registran relaciones homosexuales entre un extranjero y un ciudadano español están, en su mayoría, vinculados al trabajo sexual. No se encuentran casos documentados de relaciones entre dos personas extranjeras de la misma clase social ni de vínculos en los que no mediara algún tipo de intercambio económico. Predomina, en cambio, una dinámica de desigualdad marcada por la clase y el origen. Es habitual que exista una diferencia de edad significativa entre la persona extranjera y la española, lo que sugiere un interés específico por parte de estos visitantes o residentes en un ideal de juventud española con un potencial exótico.

El 10 de enero de 1969, la policía retornó a un menor de diecisiete años fugado a su domicilio familiar. En el momento de la detención, los agentes requisaron entre las pertenencias del chico una “carterita de plástico, color marrón que lleva en la portada el escudo nacional y la inscripción Documento Nacional de Identidad”.13 Junto a esta cartera, el joven también llevaba una agenda de direcciones y teléfonos, en la que aparecían anotados por orden alfabético los nombres, ocupaciones y direcciones, además de otros datos, sobre una serie de hombres. Por ejemplo, en la parte inferior de la letra Z “consta la anotación VICIOSO [sic] y el teléfono”,14 mientras que en las letras p y q aparecía el nombre de un profesor de “Escocia, Great Britain [sic]”.15 En su declaración inicial ante la policía, el menor admitió que había estado viviendo del dinero que le entregaban “los individuos que figuran en la agenda por ascender [sic] a las proposiciones deshonestas, de tipo homosexual”.16 El trabajo sexual masculino representó un recurso frecuente para muchos jóvenes, independientemente de su orientación sexual, como medio para obtener ingresos. El auge del turismo y la llegada constante de personal diplomático, militar y cultural desde América no solo incrementaron la demanda y la objetificación del joven español, sino que también ampliaron las oportunidades para estos jóvenes. Frente a la clientela española, los extranjeros ofrecían una fuente de recursos más diversa y, en muchos casos, material y económicamente más ventajosa.

El 11 de enero, un día después de la apertura del caso, la policía localizó a la primera persona que aparecía en esta agenda, un hombre estadounidense, de treintaiún años, nacido en Nueva York, coreógrafo y residente en Madrid. En su primera declaración, el detenido afirmó haber conocido al menor junto a otro amigo norteamericano “la noche del 5 o el 6 del actual en el ‘Club Bourbon Street’ de esta capital”17. Durante el mismo interrogatorio, la policía le preguntó si ambos hombres, en referencia al otro norteamericano, habían acudido aquella noche al apartamento que compartían para realizar “actos contra natura con dicho menor, tales como absorciones en su miembro viril y masturbaciones”18 a cambio de cien pesetas. En una declaración posterior, el coreógrafo reiteró haber conocido al chico durante las festividades navideñas, pero negó que este hubiera estado en su apartamento o que le hubiera entregado dinero a cambio de mantener relaciones sexuales. La presencia de residentes y turistas estadounidenses no solo influyó en la economía del trabajo sexual, sino que también desempeñó un papel clave en la transformación de los espacios y costumbres del ocio disidente en la ciudad. La apertura de clubes como el Bourbon estuvo estrechamente ligada al concepto de los “bares americanos”, adaptados a las preferencias y hábitos de consumo de la clientela estadounidense. Este fenómeno contribuyó a redefinir el mapa del comercio sexual masculino (y femenino) en Madrid.

El 13 de enero el menor prestó una segunda declaración frente al juzgado, en la que afirmó que deseaba ampliar la información prestada en su declaración inicial, así como “que era la única víctima de unos invertidos [sic]”.19 El chico aseguró en esta ocasión que, durante la detención y la posterior declaración en el Palacio de Justicia, el resto de los detenidos (sin especificar a quién se refiere) le habían suplicado en la furgoneta policial que constase cómo se habían conocido, pero que “negase rotundamente los actos realizados con cada uno de los encartados”.20 La documentación judicial de este caso no incluye más testimonios ni conocemos el destino o la suerte que corrieron el resto de las personas encausadas. No obstante, este es el único expediente que he encontrado abierto directamente contra un ciudadano estadounidense en Madrid. Aunque en otros casos judiciales se menciona con frecuencia a hombres nacidos en Estados Unidos, no es habitual que se inicien procedimientos legales en su contra por “inversión sexual”. En muchos casos, estos procesos eran derivados a otras jurisdicciones y juzgados según la legislación de cada país. De cualquier modo, la sentencia de este caso sigue el patrón habitual en procesos contra extranjeros: la expulsión del territorio nacional. Así, cuando se dictaban condenas, estas no se ejecutaban en suelo español ni se equiparaban a las impuestas a ciudadanos españoles.

Este procedimiento tuvo lugar en 1969, el último año en que se aplicó de manera efectiva la Ley de Vagos y Maleantes (1954-1970), antes de ser reemplazada por la Ley sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social en 197121. Aunque esta información pueda parecer inicialmente irrelevante, apunta, sin embargo, a dos cuestiones clave: la primera estaría directamente relacionada con la transformación social precedente a este cambio legislativo. La discusión académica en torno a la sustitución de la Ley de Vagos y Maleantes ha sido objeto de diversos análisis (Portilla 2022). Una de las causas que propulsaron esta derogación, este cambio legislativo, habría sido la necesidad de ejercer un mayor control sobre las costumbres sexuales de los españoles frente al creciente número de turistas y extranjeros que llegaron a lo largo de década de 1960. En 1969, el año de incoación de este expediente, la interacción de ciertos sectores de la población española con personas extranjeras empezaba a ser percibido como un problema social de primer orden para algunos gerifaltes del orden moral español como el juez decano del Tribunal de Vagos y Maleantes de Barcelona, el magistrado Sabater Tomás.

En muchos destinos turísticos, la presencia de extranjeros y el auge del turismo creaban espacios donde las leyes y normas sociales tendían a relajarse. Aunque este fenómeno fue más evidente en enclaves como Barcelona, Torremolinos o los archipiélagos de Baleares y Canarias, Madrid no quedó al margen de estas “peligrosas” influencias foráneas, especialmente en los espacios habilitados para el ocio de extranjeros como bares, pubs, hoteles y restaurantes. El archivo refleja cómo el turismo estadounidense también era percibido como un problema en la capital española. El 5 de agosto de 1965, el Juzgado de Vagos y Maleantes de Madrid inició procedimientos contra un ciudadano español de veinticinco años, natural de Valladolid. El hombre estaba casado y trabajaba como chófer, pero fue detenido por “dedicarse a la busca de invertidos [sic] a los que saca dinero para sus atenciones”.22 Según el informe policial, el detenido buscaba a hombres extranjeros a los que proponía llevar a distintos destinos turísticos de España a cambio de ciertas cantidades de dinero.

El acusado convencía a los turistas de que se encargaría de alquilar un coche y organizar su viaje. Fue detenido junto a un turista estadounidense de cuarenta y tres años, artista nacido en Nueva York y hospedado en un hotel de la calle Marqués de Urquijo, en el barrio de Argüelles. Aunque el turista también fue llevado a comisaría, no se abrió expediente judicial en su contra; sin embargo, su declaración se adjuntó al expediente del chófer. Según el testimonio del estadounidense, ambos se conocieron en el club nocturno Nerja, y el chófer, que carecía de dinero y alojamiento, le pidió quedarse en su habitación por compasión.23 Al día siguiente, el turista se percató de la desaparición de un talonario en su habitación, pero no volvió a saber nada del otro detenido, pese a que habían desayunado juntos en la Gran Vía. De nuevo, la relación entre un sujeto extranjero, turista, con mayor poder adquisitivo, y un hombre más joven, español, marca la relación causal de este expediente. El turismo no solo transformó las prácticas del trabajo sexual masculino en España, sino que también dio lugar a nuevas formas de sociabilidad, marcadas por las diferencias culturales y el conocimiento que estos jóvenes tenían del potencial económico que podían obtener de estos encuentros.

Su impronta, sin embargo, no se limitó a los expedientes judiciales, sino que también se puede rastrear a través de las prácticas, memorias y experiencias de los jóvenes “invertidos” españoles de la época. Esta “huella” extranjera parece más evidente, más palpable, con la entrada en vigor de Ley de Peligrosidad Social (Chamouleau 2018), aunque, como se ha demostrado, estaba ya presente en casos relacionados con la ley anterior. El problema “turístico” se agudizaría a partir de los años setenta, cuando el bikini había tomado las playas españolas y la moral del país parecía estar en jaque con los nuevos aires de cambio (Cáceres-Feria et al. 2023). En este contexto, ciertos sectores del régimen expresaron su preocupación ante los indicios de modernidad que traía el aperturismo, aunque las consecuencias y aplicaciones de este proceso fueron desiguales en las distintas regiones del Estado español. La ausencia de expedientes específicos contra ciudadanos estadounidenses no debe interpretarse como una negación de estos casos, sino como una indicación de que la influencia y relevancia de estas relaciones se reflejaron en otras fuentes. La importancia de estas interacciones quedó plasmada en documentos alternativos, en otras experiencias y en la memoria colectiva, que permiten reconstruir la realidad de estas relaciones más allá de los registros judiciales formales.

Los dos expedientes presentados hasta ahora comparten un esquema muy similar: ambos casos parecen indicar la existencia de una relación sexual entre una persona de origen estadounidense, mayor de edad y con una buena posición económica, con una persona española, más joven, que seguramente estaría ejerciendo el trabajo sexual o que buscaba un beneficio económico a través de esta relación.24 El turismo ejercía una influencia directa sobre el trabajo sexual de las ciudades, generando polos de atracción económica y modos de subsistencia para muchos jóvenes de clase obrera (Guasch 2016, 324). Esto no significa que el trabajo sexual fuera algo importado o surgido a raíz del incremento del turismo, pero sí que este tuvo un impacto directo sobre las dinámicas en las que ese trabajo tenía lugar y donde se desarrollaba. Por ejemplo, en el último caso, el ciudadano estadounidense había mencionado en su declaración que había conocido al chófer en el club Nerja. Este club aparece mencionado ya en 1965 en la International Guild Guide (figura 2), una guía de ocio y turismo gay publicada en Estados Unidos. En el caso anterior, el menor mencionaba el Club Bourbon Street, que aparecerá en esta misma guía, pero en su edición de 1968.

El 18 de enero de 1964, una pareja de la policía armada presentó a dos hombres en la comisaría a las cuatro y media de la madrugada. Según el informe de los agentes, mientras prestaban servicio en la prolongación de la calle Virgen del Puerto, habían sorprendido a dos hombres “en el interior de un coche marca Seat M-310.045 […] cometiendo actos inmorales, de homosexualismo, sin que puedan dar otros detalles del grado de inmoralidad”.25 Uno de los detenidos era un hombre español de treinta y ocho años, natural de La Roda de Albacete, que se dedicaba a la pintura de retratos para parte de la nobleza y aristocracia española. De hecho, como defensa, presentó un retrato que había hecho bajo encargo de la duquesa de Alba. El segundo detenido era un joven estadounidense de veintiséis años, natural de Ohio y cabo de las fuerzas aéreas norteamericanas. Era una práctica habitual que los detenidos expusieran detalles sobre su vida laboral y relaciones sociales, especialmente si estaban vinculados a individuos o grupos de prestigio, con el fin de demostrar su grado de integración en la sociedad española y así evitar una condena más severa (Huard 2014). En este contexto, que el detenido español mencionara su trabajo como artista de la nobleza no es más que una estrategia de supervivencia frente al orden moral impuesto por el franquismo. Un trabajo consistente, con referencias, bien podía valer como un eximente de la culpa frente a un juzgado, si bien no garantizaba la total deducción de la pena.

Figura 2. International Guild Guide de 1965.

El expediente no ofrece mucha más información sobre los detenidos ni sobre el incidente en cuestión. No sabemos cómo se conocieron ni si habían mantenido algún tipo de relación previa a aquella noche. El militar estadounidense prestó declaración a través de un intérprete de la policía estadounidense, pero no fue juzgado por el Tribunal de Vagos y Maleantes. Los dos negaron estar cometiendo actos deshonestos y limitaron su interacción a una charla entre amigos en un coche en mitad de la madrugada. El detenido español, por su parte, se afanó en demostrar su inocencia a través de recortes de prensa y pruebas documentales que le acreditaban como pintor de prestigio: desde la citada duquesa de Alba a los nietos de Francisco Franco, el hombre pudo demostrar su relación con personas de reconocido prestigio de la élite franquista. Esto no evitó, finalmente, que el juzgado desoyera sus alegatos y le declarara culpable. No conocemos la verdadera naturaleza de esta relación, ni sabemos el modo en el que los detenidos pudieron conocerse. Lo que sí sabemos, tanto por sus declaraciones como por su historial, es que este caso no surge de una relación de interés económico y sexual ni dentro del marco del trabajo sexual. Este caso, aunque aislado, permite complejizar el análisis de las relaciones existentes entre personas estadounidenses en Madrid y su contraparte española, en un contexto asimétrico en el que Estados Unidos ejercía de potencia hegemónica (Fernández-Galeano 2021, 258). No todas estas relaciones provenían del trabajo sexual ni en todas ellas la parte americana era necesariamente la más pudiente. Los jóvenes militares estadounidenses también participaban de los espacios de sociabilidad “invertida” de Madrid y establecían vínculos afectivos, amorosos, sexuales, esporádicos o prolongados con el resto de las disidencias de la ciudad.

No todas las relaciones eran efímeras ni estuvieron mediadas por un intercambio económico. Serafín Fernández26 recuerda que durante parte de su juventud mantuvo relaciones con más de un militar y diplomático estadounidense. Los sábados solía vestirse con sus mejores galas, comprarse unos cigarrillos y acudir al club Tres de la calle Ballesta. En este establecimiento del centro de Madrid, que aparece mencionado como “El Trez” en la International Guild Guide (figura 2), era común encontrarse con personal estadounidense dispuesto a intimar con hombres españoles. Serafín también recuerda que él y su grupo de amigos frecuentaban el piso de un trabajador de la embajada estadounidense, cerca de la plaza de España. Serafín no mantuvo nunca relaciones sexuales con este hombre, que era bastante mayor que ellos y al que conocían como “papá”. En estas fiestas y reuniones (figura 3), el diplomático les agasajaba con cigarrillos, alcohol y otros productos de Estados Unidos de difícil acceso para ellos, por lo que la relación sí establecía una clara asimetría material, pero trascendía el mero intercambio sexual y económico.27 La centralidad de estas relaciones entre “autóctonos” y “extranjeros”, por lo tanto, no pasaba únicamente por la idea efímera del intercambio sexual, ni estaba mediada en exclusiva por la diferencia material o el beneficio económico. El espacio para la interacción afectuosa, libre y consentida también formaba parte de las relaciones entre estas personas, que encontraban en su disidencia un vehículo para dejarse querer, disfrutando de estos pequeños espacios privados de mayor libertad y disfrute, bien fuera en un club americano o en el apartamento privado de algún agregado comercial estadounidense.

Figura 3. Serafín Fernández en 1964 en casa de su amigo estadounidense, “papá”.

3. En una posición incómoda

En noviembre de 1959, la fiscalía del Juzgado Especial de Vagos y Maleantes de Madrid inició una investigación para localizar a varios hombres sospechosos de haber mantenido relaciones sexuales con un menor.28 La madre del chico presentó una denuncia ante el juzgado, ya que su hijo se encontraba internado en un reformatorio, pero “la persona que le ha corrompido no ha sufrido ningún castigo ni cree está sujeta a ningún procedimiento judicial”.29 En su declaración, el menor explicó que en septiembre de aquel año había decidido abandonar el domicilio familiar para “obtener dinero a base de tratar con individuos invertidos”,30 a quienes conocía en establecimientos del centro de Madrid como los billares Victoria o las tabernas de la calle Echegaray.

La primera persona con la que tuvo contacto fue un hombre puertorriqueño, residente en el Hotel Los Ángeles, y al que conoció en la Plaza Mayor, punto neurálgico del trabajo sexual masculino de la época. Según su testimonio, aquel primer día mantuvieron relaciones sexuales en el hotel y se volvieron a encontrar en al menos dos ocasiones más. Durante estos encuentros, el hombre puertorriqueño le compró “un equipo completo de prendas de caballero, consistentes en un traje, ropa interior, zapatos y un cinturón”.31 Su relación, por lo tanto, no se limitó al simple intercambio sexual, sino que estableció una dependencia material asimétrica, donde el hombre utilizó su posición económica para mantener el interés del joven, obsequiándole con regalos y bienes materiales.

El 5 de diciembre, la fiscalía abrió un expediente para localizar y juzgar al hombre, basándose en la información proporcionada por el menor y su familia. Según el expediente, el tío del menor fue al Hotel Los Ángeles, donde confrontó al acusado, reprochándole los regalos a su sobrino y las relaciones sexuales. Durante la disputa, el portero del hotel defendió al hombre puertorriqueño, afirmando que era “una persona respetable y no era invertido”. El 4 de enero de 1960, después de varias diligencias, el juzgado emitió una orden de busca y captura, ya que el acusado había dejado España para trabajar en el extranjero como “Secretario particular” de un bailarín, y su paradero era desconocido. Se le consideró culpable y prófugo de la justicia española. El historiador Geoffroy Huard sugiere que el franquismo castigó y juzgó con mayor dureza a homosexuales de clase obrera, encontrándose pocas condenas contra hombres mejor posicionados económicamente. Sin embargo, la mayoría de los hombres latinoamericanos procesados por “inversión sexual” en Madrid comparten un perfil similar al de este caso: son detenidos por mantener relaciones sexuales con trabajadores sexuales más jóvenes, desempeñan alguna labor o cargo de relevancia y tienen una posición económica privilegiada.

En enero de 1960 la policía detuvo a dos individuos por haber mantenido “contactos de inversión sexual con varios menores”.32 Uno de estos hombres, madrileño, desempeñaba el cargo de conserje en las oficinas de la Delegación Nacional de Asociaciones del Movimiento (la Falange). El otro, de treinta años, era natural de La Habana y residía en Madrid desde agosto de ese mismo año “habiendo salido de Cuba33 por haber sido empleado, jefe de división de divulgación y prensa del ministerio de obras públicas durante el antiguo régimen del general Batista”.34 Durante su tiempo en España, el ciudadano cubano había frecuentado a varios trabajadores sexuales en los billares de Callao, a quienes solía pagar por mantener relaciones sexuales. La policía interrogó a varios de estos trabajadores, quienes afirmaron que ambos detenidos mantenían “muchas relaciones con personas que también son invertidos y que ocupan altos puestos en la sociedad y en el Estado”.35 Uno de los interrogados reveló haber tenido relaciones con el detenido cubano en el despacho de un abogado de la Falange en la calle San Bernardo, quien, siendo amigo personal del detenido, temía que se descubriera su propia “inversión sexual”. El caso se ramificó en múltiples expedientes, involucrando a más hombres bien posicionados económicamente. Aunque el procesado cubano no gozaba de una situación privilegiada, su red de contactos le otorgaba una posición relativamente cómoda, pese a lo que no logró evadir la condena del régimen franquista.

A las seis y diez de la madrugada del 8 de febrero de 1961, la policía acudió a un bloque de viviendas en la calle Diego de León tras recibir una llamada de urgencia por un fuerte escándalo y gritos de auxilio provenientes de un apartamento. Al entrar, encontraron a tres hombres en una situación confusa: un joven de veintidós años, natural de Murcia y desnudo, quien aparentemente había gritado; un hombre de veintiocho años, de Cádiz, que residía en el apartamento; y un hombre de Caracas, inquilino principal y diplomático venezolano. La policía detuvo a los dos españoles, pero no al diplomático debido “a la inmunidad de que disfruta como diplomático, personalidad que ha acreditado debidamente”.36

Una vez en la comisaría, los testimonios ofrecidos por cada una de las partes mostraron varias y evidentes contradicciones, aunque coincidieron en algunos puntos clave. El joven de Murcia y el diplomático venezolano se conocieron cerca de los almacenes SEPU en la Gran Vía a medianoche, una zona habitual para contratar trabajadores sexuales masculinos. Después de tomar unas copas, el diplomático invitó al joven a su apartamento en la calle Diego de León, una zona céntrica a pocos minutos en taxi. Las versiones de los implicados difieren una vez en la vivienda. Según el joven, al llegar pidió permiso para ducharse y, estando desnudo, el diplomático entró con intenciones sexuales. Aunque se negó, el diplomático continuó insistiendo y acosando. En ese momento, el tercer hombre, que residía en la casa, irrumpió en la habitación. El joven, sintiéndose amenazado, gritó pidiendo ayuda desde la ventana. El otro detenido, en cambio, relató que, al ser despertado por los gritos del diplomático, entró en la habitación y vio a los dos hombres forcejeando por una cantidad de dinero que el joven habría robado al diplomático. El joven amenazó con hacer un escándalo y llamar a la policía, lo que coincidió con la intervención de los agentes y la llamada de los vecinos.

Mientras ofrecían estas declaraciones y se producían los procedimientos habituales, la policía descubrió que la acreditación diplomática del venezolano estaba caducada, por lo que fue inmediatamente detenido. Además, los registros revelaron que no era el primer incidente relacionado con él, y se determinó que recibía a jóvenes en su casa de forma habitual, aunque no se aclaró la naturaleza de su relación con el joven murciano. Tras el careo, todos los detenidos fueron considerados culpables de “inversión sexual”. Los dos jóvenes españoles provenían de familias de clase obrera y sus antecedentes pesaron sobre su condena. En cuanto al diplomático de Venezuela, su posición podría haber jugado a priori a su favor. Sin embargo, una vez que se demostró que no gozaba de inmunidad diplomática, ni su posición económica ni su prestigio fueron suficientes para evitar que cumpliera condena y tener que establecer su residencia en Sevilla tras salir de prisión.

La siguiente historia comienza prácticamente igual que la anterior. La emisora central de policía recibió un requerimiento de urgencia por supuestos gritos de auxilio en un domicilio de la calle López de Hoyos. Cuando los agentes llegaron al apartamento, se encontraron con dos hombres: el propietario del piso, un hondureño de veintiocho años, y a un joven madrileño de diecinueve años, desnudo y envuelto con la cortina de la ducha. Ya en comisaría, el joven declaró que el individuo hondureño le había estado prestando ayuda económica desde hacía dos meses para sufragar los gastos médicos de una tía enferma. La noche previa a la detención, ambos se habían encontrado por la calle a las cinco de la madrugada y, como no tenía donde dormir, el muchacho aceptó la proposición del hombre de “ir a acostar con él creyendo que dormiría solo, pero una vez en el piso se metió en la cama con el que habla y en ella se masturbaron mutuamente al propio tiempo que se hacían caricias propias de invertidos”.37 En una segunda declaración, el mismo muchacho afirmó que se habían conocido aquella noche por la calle Alcalá, tras lo que habían mantenido relaciones sexuales a cambio de cuatrocientas pesetas. En una última declaración, cambió de nuevo su versión y negó haber mantenido ningún tipo de relaciones sexuales aquella noche, ya que conocía al otro detenido por “mediación de unas chicas”. Además, puntualizó que cuando la policía entró en el apartamento, se encontraba vestido y sentado en un sillón. Pese a su intento por cambiar la versión de los hechos, el juzgado lo encontró culpable y terminó cumpliendo condena en la prisión de Huesca. El segundo implicado tenía un perfil muy diferente, pero no corrió mejor suerte. En su primera declaración mantuvo un relato similar al primero ofrecido por el otro detenido: ambos se habían conocido dos meses atrás en la calle, tras lo cual el joven le había pedido dinero para ayudar a una tía enferma. Durante el período previo al incidente policial, se habían encontrado en varias ocasiones, pero en ningún caso había ocurrido nada de naturaleza sexual entre ellos. No podía entender ni explicar por qué el joven se había encerrado en el baño de su domicilio, pero sí que el escándalo denunciado por los vecinos se debía a que habían estado jugando con la perra que había en el domicilio.

Su ficha policial, al contrario que la del joven madrileño, incluye mucha más información relativa a su perfil económico, social y laboral. El informe judicial revela que llevaba residiendo en Madrid desde 1961 y que durante su estancia en España había trabajado como cantante en salas de fiestas de Madrid y otras ciudades como Benidorm o Gijón. El aspecto más llamativo de su expediente es su relación con la actriz Sara Montiel, a quien, según consta en uno de los documentos, había asesorado en una coreografía a petición personal de la artista. El expediente también incluye varias declaraciones favorables, todas de artistas, que le retratan como un mujeriego. Sin embargo, otros dos testimonios pudieron tener más peso: el portero del edificio declaró que “le parecía un hombre raro”38 y que le veía habitualmente en compañía de hombres diferentes. El sereno de vecindad, por su parte, afirmó que había abierto la puerta del edificio a altas horas de la noche al detenido, “que es de raza de color, acompañado de un muchacho joven, el cual tardó en salir unas dos o tres horas”.39 En cualquier caso, ni sus contactos, ni las referencias laborales, personales y cinematográficas lograron evitar que el juzgado dictaminara su culpabilidad y lo expulsara del territorio nacional.

4. Conclusión

La justicia franquista fue una justicia de clase, pero no cualquier clase. La presencia de personas latinoamericanas no era un hecho excepcional en España, debido, en gran parte, al pasado colonial. En todo caso, el perfil habitual de esta migración solía ser el de alguien con una posición relativamente acomodada, con conexiones familiares y, en muchas ocasiones, vinculados al mundo diplomático o artístico. Por el contrario, la presencia estadounidense en Madrid es un fenómeno más tardío, que se multiplica exponencialmente tras el acercamiento político en la década de los cincuenta. Pero, del mismo modo que no todas las clases eran juzgadas por igual, no todas las personas del continente americano tuvieron la misma experiencia en el Madrid franquista. Para empezar, hay un mayor número de casos vinculados a hombres latinoamericanos: sus expedientes son más detallados, son nominales y fueron juzgados directamente por el tribunal. Por el contrario, la mayoría de los casos vinculados a hombres estadounidenses los conocemos por su mención en el expediente de un ciudadano español. La relación asimétrica entre España y el resto de los países marcaba el proceder judicial, influido previamente por los acuerdos políticos entre las distintas partes. Pero, además, la integración de los hombres latinoamericanos en el circuito de espacios disidentes madrileños fue notablemente mayor, mientras que los estadounidenses generaron sus propios espacios y dinámicas, en los que el resto de las personas que habitaban Madrid orbitaban y podían participar siempre que se les invitase.

La barrera lingüística y cultural, por lo tanto, solo era una capa más en el complejo entramado judicial franquista contra las disidencias sexuales. El origen, la relación y desequilibrio colonial, la raza, el pasaporte o la posición económica eran factores que incidían de manera determinante en la forma que el régimen abordada estos casos. Pero, además, también marcaban las relaciones entre los propios sujetos disidentes. Mientras que el marco del trabajo sexual fue un denominador común tanto para todas las partes, la supeditación de los intereses diplomáticos españoles a la presencia estadounidense marca una clara relación asimétrica entre ambas partes. Mientras que el franquismo veía en los ciudadanos latinoamericanos residentes en sus ciudades una prolongación de su propia idea de nación imperial, los jóvenes estadounidenses, aunque fueran personas racializadas o de perfil económico bajo, no sufrían directamente la condena o persecución de las autoridades. El elemento nacional, racial y de soberanía no solo se produce sobre el documento o el pasaporte, sino sobre los propios cuerpos y los sujetos a los que el régimen permite trasgredir sus normas y sobre los que alarga su sombra moral en un Estado en profundos procesos de cambio.

5. Referencias

Cáceres, Rafael et al. 2023. “Capítulo I. Turismo y homosexualidad en Torremolinos”. En El Pasaje Begoña en la memoria LGTBI+. Libertad y represión de la sexualidad en Torremolinos durante el franquismo (1962-1971), 19-27. Sevilla: Junta de Andalucía.

Cáceres, Rafael y José María Valcuende. 2014. “Globalización y diversidad sexual, gays y mariquitas en Andalucía”. Gazeta de Antropología 30, n.o 3: s. p. http://hdl.handle.net/10481/33814.

Chamouleau, Brice. 2018. “Formas de la colonialidad mesocrática: turistas gais en la costa brava de los setenta”. Rúbrica Contemporánea 7, n.o 13: 41-58.

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Pulido, Javier. 2013. “Desmontando a Míster Marshall: 60 años de secretos y mentiras berlanguianas”. El Diario, 3 de octubre de 2013. https://www.eldiario.es/cultura/cine/berlanga-bienvenido-mister-marshall_1_5823228.html.

Fecha de recepción: 04.09.2024
Versión reelaborada: 03.04.2025
Fecha de aceptación: 18.08.2025


1 Proyecto I+D+i “Resignificaciones de las memorias y patrimonializaciones LGTBIQ+: voces y silencios-MemoDiv+” (PID2023-151409NB-I00, financiado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades).

2 El régimen franquista estableció en 1937 la Junta Superior de Censura Cinematográfica con el objetivo de vigilar y prohibir aquellas películas que pudieran ser contrarias a los principios de la dictadura.

3 El entrecomillado del título pertenece a la canción “Americanos”, parte de la banda sonora de la película Bienvenido, Mr. Marshall (1953). La película fue dirigida por Luis García Berlanga y coescrita por el propio Berlanga, el escritor Miguel Mihura (1905-1977) y el cineasta Juan Antonio Bardem (1922-2002). Obtuvo el premio al mejor guion en el Festival de Cannes, pese a la oposición de parte del jurado y tras una intensa campaña de propaganda, que incluía el reparto de billetes de dólar estadounidense con algunas caras del equipo actoral.

4 En este artículo empleo el término americano para referirme a cualquier persona proveniente de un país del continente americano, no únicamente de Estados Unidos. Si fuera necesario se especificará el país o la región específica de la que proviene la persona o personas de las que se esté hablando en cada momento.

5 En este capítulo emplearé los términos “sexodisidente”, “disidente” o “invertido” para referirme a prácticas, experiencias e identidades que configuraban todo aquello que el franquismo enmarcó bajo el paraguas de la “inversión sexual”. El régimen franquista situó bajo la misma categorización todas aquellas realidades que se situaban fuera de los patrones de género de la época.

6 Office of the Historian. Foreign Relations of the United States, 1952-1954, Western Europe and Canada, Volume VI, Part 2, n.º 883. https://history.state.gov/historicaldocuments/frus1952-54v06p2/d883.

7 No menciono en este apartado los casos de personas de países africanos o asiáticos porque no se ha localizado ningún expediente para el período 1954-1970.

8 En el contexto de la Guerra Fría, la mayoría de los países occidentales penaban o perseguían la homosexualidad a través de distintas legislaciones o figuras penales como el escándalo público, pero también con condenas directas a las prácticas homosexuales. España, en este sentido, no fue una excepción.

9 Lema que aparece impreso en la moneda de curso legal de Estados Unidos y que se traduce como “de muchos, uno”.

10 Durante la dictadura, la Gran Vía era conocida como la Gran Vía de José Antonio, en referencia a José Antonio Primo de Rivera (1903-1936), fundador en 1933 del partido fascista Falange Española.

11 Legajo 1981. Expediente 311, 11 de mayo de 1965. Juzgado Especial para la Aplicación de la Ley de Vagos y Maleantes de Madrid (JEAVMM). Archivo General de la Administración (AGA).

12 Ídem.

13 Legajo 1822. Expediente 24, 13 de enero de 1969. JEAVMM. AGA.

14 Ídem.

15 Ídem.

16 Ídem.

17 Ídem.

18 Ídem.

19 Ídem.

20 Ídem.

21 Esta reforma legislativa se produjo en pleno auge del turismo en España, por lo que tuvo consecuencias directas sobre la relación judicial entre “inversión sexual” y residentes extranjeros. No obstante, este trabajo se centra únicamente en la Ley de Vagos y Maleantes.

22 Legajo 2270. Expediente 480, 5 de enero de 1965. JEAVMM. AGA.

23 Ídem.

24 Los expedientes emplean términos como “busca invertidos”, fórmula habitual utilizada por la policía para referirse a trabajadores sexuales masculinos con otros hombres.

25 Legajo 1386. Expediente 37, 27 de enero de 1964. JEAVMM. AGA.

26 Serafín Fernández es un hombre homosexual, activista, nacido en Madrid en 1935. En 2022 tuve la oportunidad de realizarle varias entrevistas sobre su vida, memoria y experiencias en el Madrid franquista.

27 Serafín Fernández en entrevista de Moisés Fernández-Cano, 2 de julio de 2022.

28 Ha de tenerse en cuenta que la minoría de edad en el franquismo se establece en los 23 años, aunque esto cambia si se tratan de relaciones sexuales entre varones o si se ha producido un abuso deshonesto.

29 Legajo 2121. Expediente 523, 5 de diciembre de 1959. JEAVMM. AGA.

30 Ídem.

31 Ídem.

32 Legajo 1374. Expediente 61, 18 de enero de 1960. JEAVMM. AGA.

33 La Revolución cubana termina en 1958 con la victoria del movimiento liderado por Fidel Castro.

34 Legajo 1374. Expediente 61, 18 de enero de 1960. JEAVMM. AGA.

35 Ídem.

36 Legajo 2164. Expediente 125, 22 de febrero de 1961. JEAVMM. AGA.

37 Legajo 1467. Expediente 96, 9 de marzo de 1964. JEAVMM. AGA.

38 Legajo 2176. Expediente 97, 9 de marzo de 1964. JEAVMM. AGA.

39 Ídem.